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El IPAUSS estableció cronograma de pagos para jubilados

El presidente del Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social (IPAUSS), Rubén Banhtje, mediante Disposición Nº 0077/2016 aprobó el cronograma de pagos de la totalidad de los haberes de sus afiliados pasivos.

La fecha de pago se establece para el mes siguiente al que corresponde abonar.

Ushuaia.- De acuerdo al artículo 15, de la Ley Nº 1068, que expresa: “...autorizase al IPAUSS o al organismo que lo reemplace a establecer, por el plazo de la emergencia, un cronograma de pagos de haberes que permita el desdoblamiento de la fecha de pago de los beneficiarios por el número de documento o monto del haber, con la condición de que en todos los casos se abone en intervalos regulares mensuales y se priorice a los beneficiarios de menores ingresos” y que, “...establecido dicho cronograma y por el plazo de la emergencia, el mismo se aplicará a las consecuencias de las relaciones o situaciones jurídicas existentes, aun en aquellos casos en que la fecha de pago se hubiera determinado judicialmente”.

Se consideró que ante la difícil situación económica y financiera que atraviesa el Instituto, se hace necesario establecer un cronograma de pagos al que se ajustará el IPAUSS, a fin de poder abonar en intervalos regulares y mensuales la totalidad de los haberes de sus afiliados pasivos.

Asimismo, se informó que ante la existencia de gran cantidad de amparos en trámite, de los cuales un gran número se encuentran ya con sentencia firme, y con la consecuente determinación judicial de la fecha de pago, se hace necesario notificar el cronograma establecido en la totalidad de los expedientes iniciados contra el IPAUSS.

Cabe destacar, que el cronograma de pagos, se ajustará en lo sucesivo todas las liquidaciones de haberes previsionales. El mismo surtirá efecto y será válido desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

Cronograma de Pagos:

 

Monto del haber                                                                               Fecha de Pago

 

Menor o igual a $ 20.000                                                           5to (quinto) día hábil

Mayor a $ 20.000 y menor o igual a $ 30.0000                            10mo (décimo) día hábil

Mayor a $ 30.000 y menor o igual a $ 40.000                                              15to (décimo quinto) día hábil

Mayor a $ 40.000 y menor o igual a $ 65.000                             18vo (décimo octavo) día hábil

Mayor a $ 65.000                                                                     Último día hábil

 

 

La fecha de pago se establece para el mes siguiente al que corresponde abonar.


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