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Ex Defensor Oficial a juicio por cobrar honorarios

Juzgan a defensor judicial por intentar cobrar “honorario"

El accionar de un defensor judicial es un servicio gratuito del Sistema Judicial en todo el país, sin embargo en este caso el defensor oficial Juan Carlos Assan de la Justicia fueguina es llevado al banquito de los acusados por haber intentado cobrar "honorarios" a través de electrodomésticos. Una historia donde la “cofradía judicial” jugo su papel.

Bien podríamos decir que está nota se trata de una historia donde un integrante de la Justicia en la cual la “cofradía judicial” intentó salvarlo pero que finalmente cayó en desgracia.

El hecho sucedió cuando un ex Contador General durante la gestión de Colazo, Marcelo Rolfo fue acusado de ser parte de un hecho de corrupción y terminó siendo estafado por el defensor oficial en la Justicia ordinaria fueguina.

La denuncia fue presentada en junio de 2017 por el propio jefe de defensores y defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, Gustavo Ariznabarreta, quien tomó conocimiento del presunto delito tras entrevistarse con el ex Contador General, Marcelo Rolfo quien dice haberle pagado al funcionario judicial con un “horno eléctrico y un lavarropas”.

La presentación de Ariznabarreta dio lugar a una causa penal que tramitó ante la jueza María Cristina Barrionuevo.

Si bien el defensor oficial Juan Carlos Assan se defendió aduciendo que a veces los defensores le prestan dinero a los asistidos y que, en este caso, se lo estaban devolviendo con los artículos en cuestión.

Por lo pronto el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur dará inicio el próximo lunes 14 de febrero, el debate oral y público, para determinar la responsabilidad penal del ex defensor público de la justicia, Juan Carlos Assan, acusado del delito de exacciones ilegales. 

El Tribunal de Juicio estará presidido por el juez Rodolfo Bembihy Videla, con las vocalías de  Alejandro Pagano Zavalía y Felicitas Maiztegui Marcó. El fiscal Fernando Ballester Bidau representará al Ministerio Público Fiscal. Para el debate está prevista la presencia de 6 testigos. 

Assan, quien fuera Defensor Público de Ushuaia, durante la audiencia de debate será representado por el abogado Carlos Alberto Alfonzo. 

Según la acusación fiscal, se investiga la conducta de Assan de “solicitar, exigir, hacer pagar y/o entregar indebidamente a una persona, una contribución, un derecho o dádiva, abusando de su cargo y a modo de pago de honorarios por su labor como Defensor Oficial”. 

La denuncia fue formulada por el Defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, Gustavo Ariznabarreta, quien tomó conocimiento del accionar del ex funcionario judicial a través de la presunta víctima quien aseguro que su defensor Juan Carlos Assan le habría solicitado el pago de honorarios, y el que hizo efectivo mediante la adquisición a su cargo de un horno eléctrico y un lavarropas, entregados en el domicilio particular del ex funcionario. 

En definitiva, se atribuye a Juan Carlos Assan, en su carácter de Defensor Público del Distrito Judicial Sur “el haber solicitado, exigido, hecho pagar y/o entregar indebidamente a su defendido (víctima) de al menos un lavarropas un horno eléctrico, abusando de su cargo de funcionario público y como pago de honorarios por ejercicio de su labor como Defensor Oficial del imputado”. 

Los hechos ocurrieron con anterioridad al 13 de junio de 2013 y hasta al menos, el 3 de julio de 2014. 

 

Una historia con historia

 

Quien va a juicio esta semana, El ex defensor público de Ushuaia Juan Carlos Assan es el mismo que logró zafar de un juicio penal en un caso donde lo acusan de una tentativa de estafa por 26 mil dólares, a través de una “probation” y la compra de 4 kilos de electrodos para soldar y discos de corte para amoladoras, hasta completar la suma de $1000.

Así lo determinó un fallo dictado por el juez de Ejecución Manuel López, en el que también se le establecieron a Assan las reglas de fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato y Liberados por el término de un año.

Assan es el defensor que renunció al cargo en 2017 después de verse involucrado en dos causas penales: por un lado el intento de estafa y por otro la causa arriba mencionada, la de los electrodomésticos.

En relación al predio de Bahía Cauquén, Assan fue acusado de realizar una maniobra para escriturar a su nombre el terreno que adquirió a la empresa Euskal por un valor de 110 mil dólares en abril de 2012.

Según la acusación fiscal, el funcionario judicial se comprometió a pagar un saldo de esa operación en 24 cuotas de 2.641 dólares, a depositar en una cuenta bancaria identificada en el contrato.

Sin embargo, a partir de la cuota 5 y hasta la 8, Assan resolvió cambiar “unilateralmente” la modalidad y comenzó a pagar el equivalente en pesos en otra cuenta bancaria. Como a partir de la cuota 9, la cuenta del último banco fue cerrada, las transferencias eran rechazadas y el dinero devuelto al pagador.

No obstante, el fiscal y luego la jueza de instrucción María Cristina Barrionuevo, dieron por demostrado que el ex defensor utilizó los comprobantes bancarios de las transferencias (incluso las rechazadas) para intentar escriturar el predio a su nombre, algo que no consiguió porque la escribana que intervino en el trámite chequeó con el vendedor si el dinero había sido efectivamente girado a la cuenta.

Además, Assan planteó luego una demanda judicial en el ámbito civil en la que, según la Justicia de primera instancia, pretendió engañar al juez con los mismos comprobantes usados para el intento de escrituración, y lo mismo hizo con el Municipio para conseguir un permiso que le permitiera construir.

Sin embargo, en septiembre del año pasado, la Cámara de Apelaciones de la provincia confirmó pero solo parcialmente la resolución de la jueza Barrionuevo, al entender que la estafa respecto del terreno solo debía considerarse como una “tentativa”, ya que la intervención de la escribana impidió que se consumara, mientras que también sobreseyó a Assan por las supuestas estafas al Municipio y al juez Civil.

Al analizar el caso, los camaristas coincidieron en que el solo hecho de transferir el dinero en pesos en lugar de hacerlo en dólares a la cuenta que estaba pactada, puede constituir un incumplimiento contractual, pero no es suficiente para ser considerado una estafa.

Incluso porque Assan argumentó que el cambio obedeció a la imposibilidad de comprar los dólares debido a las restricciones cambiarias imperantes en aquel momento.

“No implicó la utilización de un medio artificioso que deformara la realidad, esto es, representar o fingir algo que no es; ni una “mentira adornada de razonamientos idóneos para hacerla pasar por verdad”, afirmaron los jueces.

En cambio, el hecho de presentar los comprobantes de las transferencias fallidas para lograr la escrituración sí fue considerado un delito.

Los jueces dieron por probado que Assan tenía conocimiento del rechazo de las transferencias, y descartaron que no prestara atención a semejante movimiento de dinero.

“Cuando Assan afirmó haber pagado todas las cuotas previas -acompañando los comprobantes de las transferencias fallidas para acreditar tal circunstancia (…) habría conocido la falsedad de aquélla afirmación, ocultando deliberadamente los rechazos de dichos pagos”, indica el voto del juez Tabárez Guerrero.

“Por ende, habría obrado guiado por la voluntad de engañar y ocasionar un perjuicio patrimonial a la firma cedente, con el ánimo de obtener la transferencia de dominio y posesión del inmueble sin haber abonado su precio total ni constituir la hipoteca oportunamente pactada”, agregó.

Después, el fallo considera que “el delito no se habría consumado” por lo que “el encuadre jurídico atribuido por la jueza al hecho bajo análisis resulta arbitrario, debiendo modificarse y calificarse prima facie en el delito de tentativa de estafa”.

 

Electrodos y discos de corte la condena: Con estos antecedentes, el expediente por la estafa en grado de tentativa llegó a resolución del juez López, quien consideró que se adaptaba al mecanismo de la “probation” porque la pena que podía corresponderle a Assan era de menos de tres años de prisión, y porque además contaba con el consentimiento del fiscal Eduardo Urquiza.

La resolución del juez López se remite a señalar que “el imputado ha ofrecido una reparación del presunto daño causado consistente en el pago de $1000 a la parte querellante”.

Agrega también que “la suma reparatoria ofrecida no fue aceptada por el damnificado al momento de celebrarse la audiencia” correspondiente.

Y, sin más, concluye: “entiendo que la suma ofrecida deberá ser donada en especie a una entidad benéfica u organismo del Estado, sustentando esta postura en la finalidad del presente instituto como respuesta a la sociedad por parte del imputado”.

Por consiguiente, el juez entendió que “teniendo conocimiento de los talleres brindados en la esfera del Servicio Penitenciario Provincial, deberá el imputado adquirir herramientas, tales como 4 kilos de electrodos “conarco 2,5 milímetros 13 A” para soldar y discos de corte para amoladoras por el monto reparatorio ofrecido y en entregarlos a este tribunal con el correspondiente ticket de compra”.

En la sentencia se aclara que, si Assan repara el daño, cumple las reglas de conducta y no comete ningún delito, se “extinguirá la acción penal”.

 


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