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Prepagas: el Gobierno extendió el plazo de la vigencia que habilita las nuevas medidas de Javier Milei
El Gobierno de Javier Milei postergó la entrada en vigencia de la norma que habilita a las prepagas a aplicar los aumentos de las cuotas de forma diferencial y que exige que informen con anticipación las subas junto con los costos de facturación, a través de la Resolución 3386/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
De esta manera, se estableció retrasar la medida hasta el 1 de diciembre, mediante la aplicación de la Resolución 2155, llevada adelante por la Superintendencia de Servicios de Salud.
La misma fue tomada desde el Gobierno de Javier Milei, a pedido de las entidades de medicina privada, con el objetivo de contar con un mayor plazo para la implementación para las Prepagas.
La norma, en tanto, fue publicada a principios de septiembre y establece que los aumentos en las cuotas de los planes de cobertura ofrecidos por las prepagas “pueden aplicarse de manera variable conforme las condiciones del plan (con o sin copagos) y las regiones o zonas en las que se brinda la atención médico asistencial”.
A su vez, la misma estipula que las entidades “deberán informar a esta Superintendencia de Servicios de Salud sobre dichos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copagos”.
Los detalles de la decisión del Gobierno de Javier Milei sobre las prepagas
El Gobierno determinó que la comunicación de los ajustes en el valor de las cuotas debe realizarse “dentro de los 5 días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mensualmente realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censos”.
La misma dispone que “deberán proporcionar a sus afiliados un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas que facturan mensualmente”.
De esta manera, explicaron que “para lograr una implementación progresiva y eficiente de lo determinado por la resolución en cuestión, se requiere de la adopción de diversas medidas normativas y operativas que contribuyan con una ejecución armoniosa, atento la naturaleza de los datos que deben ser informados”.
Y expresa el escrito: “La presente medida tiene sustento en la responsabilidad de este organismo fiscalizador de garantizar que las prácticas comerciales sean claras, éticas y orientadas a maximizar el valor para los consumidores, en un entorno de mercado libre y competitivo”.
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