Procesando. Por favor aguarde...
"La postura del municipio fue que siempre los vecinos y vecinas puedan viajar de manera segura y, por esa razón, los vehículos y los conductores deben cumplimentar una serie de requisitos, y el ejecutivo tiene la facultad prevista en la Carta Orgánica y establecidas por el Concejo Deliberante para realizar el control y la sanción, si correspondiere”, dijo el Dr. Molina.
Indicó que “el equipo de la Secretaría de Legal y Técnica ya se encuentra trabajando en el escrito, teniendo en cuenta que tenemos diez días para hacer la presentación y luego el Juzgado decidirá si el recurso es procedente o no”. En caso de que “la respuesta sea que ´no´, podemos pensar en apelar al Superior Tribunal de Justicia”.
Molina observó que “me sorprende el fallo desde lo técnico, porque las ordenanzas no refieren a la prohibición, sino más bien a la regulación, justamente para garantizar la seguridad de los vecinos y vecinas”.
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