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Causa Vialidad

Se conocieron los fundamentos de la condena a Cristina

El Tribunal Oral Federal 2 condenó a Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión. Hoy se conocieron las justificaciones de tal fallo.

Se conocieron los fundamentos de la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad

Este jueves se conocieron los fundamentos del fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 y tiene más de 1600 páginas. Las justificaciones a la condena de Cristina Fernández de Kirchner podrán ser apeladas ante la Cámara Federal de Casación Penal.

 

La pena para la vicepresidenta de la Nación fueron 6 años de prisión y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

 

En ese sentido, los jueces manifestaron que “hubo intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz”.

 

A su vez, relacionaron toda esa unión de funcionarios públicos con “un empresario de la construcción (Lázaro Báez) dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner”.

 

Por otra parte, fundamentaron que “la empresa criminal supuso una planificación y sofisticación magnífica, en la que actuaron diferentes niveles administrativos encolumnados bajo una misma finalidad”.

 

Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso marcaron la existencia de “vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública y las empresas contratistas del Estado”.

 

“La falta de sanción judicial de esas prácticas corruptas parece ser una función deseada del sistema y su sostenimiento en el tiempo con un claro fin: garantizar la impunidad”, fue otro de los fragmentos más resonantes del fallo completo.

 

Por otra parte, destacaron que la postura de la vicepresidenta en sus discursos fue “defensa mediática y extrajudicial disociada de los reproches de naturaleza delictiva que constituyeron el objeto del presente juicio”.

 

Un último punto a destacar es el contundente enjuiciamiento por un “hecho de corrupción estatal”, según el escrito de los magistrados.

 


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