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Proyecto que busca crear el Fondo para cancelar con el FMI

El bloque de Senadores del Frente de Todos presentó un proyecto de ley para que, quienes tengan bienes no estén declarados en el exterior, hagan un aporte especial para pagar la deuda con el FMI.

La vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y el embajador de Estados Unidos, Marc R. Stanley.

Luego de que el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Argentina llegaran a un acuerdo para el pago de la deuda contraída en 2018, desde el Frente de Todos buscan aprobar un nuevo proyecto de ley para recaudar el dinero para financiar aquel préstamo. Esto fue impulsado por el bloque oficialista en el Senado, y hasta la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner se lo presentó al embajador de los Estados Unidos en el país, Marc R. Stanley, para alcanzar su apoyo.

 

En cuanto a este “Fondo Nacional para la Cancelación de la Deuda con el FMI”, se trata de un “aporte especial de emergencia” y apunta contra las personas cuyos bienes en el exterior no estén declarados.

 

El proyecto tiene por objetivo “la cancelación de la deuda con el FMI”, y “será constituido en moneda extranjera, dólares estadounidenses”. Su vigencia “será hasta la cancelación total de la deuda, o hasta el plazo que fije el Poder Ejecutivo Nacional”.

 

Respecto a su administración y gestión, estará a cargo “el Ministerio de Economía de la Nación”, mientras que “el proceso de contralor, fiscalización y supervisión de su gestión será realizado por la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación, del Honorable Congreso de la Nación”.

 

Por otro lado, el proyecto menciona que “los recursos del Fondo provendrán de lo recaudado por un aporte especial de emergencia que se aplicará a los bienes situados y/o radicados en el exterior que se localicen o detecten a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley y no hayan sido declarados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)”. Estos bienes incluyen la “tenencia de moneda nacional o extranjera”, inmuebles, muebles (desde accionas hasta “toda clase de instrumentos financieros o títulos valores”), y “demás bienes en el exterior, incluyendo créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico”.

 

Finalmente, el aporte a ingresar “será el que resulte de aplicar, sobre la totalidad de los bienes objeto de la presente ley, la tasa del 20%”.


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