Procesando. Por favor aguarde...

Ushuaia

Río Grande

Tolhuin

Rechazaron la petición

Nuevamente rechazo de tobillero electronica para De Vido

La Cámara Federal de Casación rechazó volver a colocarle una tobillera electrónica de monitoreo al ex ministro de Planificación Julio De Vido.

Julio De Vido no volverá a llevar una tobillera electrónica de monitoreo para controlar su sujeción a las causas penales.

Julio De Vido no volverá a llevar una tobillera electrónica de monitoreo para controlar su sujeción a las causas penales en las que sigue imputado, aunque actualmente está en libertad.

 

El Tribunal Oral Federal número 7 había dispuesto que el Programa de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica le colocara el dispositivo que Julio De Vido ya tuvo mientras cumplía prisión domiciliaria en su casa de Puerto Panal, en la provincia de Buenos Aires.

 

El 13 de diciembre de 2019, el Tribunal 7, por orden de la Cámara de Casación, había dispuesto la excarcelación de Julio De Vido, pero la libertad no se hizo efectiva ya que estaba con prisión domiciliaria por otra causa relacionada con presuntas irregularidades en la explotación de la mina de carbón de Río Turbio.

 

No obstante, unos meses más tarde, en marzo de 2020 el ex funcionario fue excarcelado también en ese expediente, por lo que recuperó la libertad.

 

Por su parte, el Tribunal de la Causa Cuadernos intentó hacer valer las medidas de sujeción al proceso que había dispuesto con anterioridad, entre ellas “la promesa de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación; presentarse ante el Tribunal en forma mensual; la prohibición de salir del país sin autorización previa; la entrega del pasaporte y la colocación de un dispositivo de monitoreo de GPS”.

 

La defensa de Julio De Vido que está a cargo de los penalistas Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, apeló la medida y ahora la Casación, con las firmas de los jueces Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa, entendió que la decisión de volver a colocarle la tobillera no está fundamentada.

 

Por ello, anuló ese fallo y ordenó el dictado de uno nuevo, explicando por qué debe ser nuevamente controlado por un dispositivo satelital, sobre todo porque desde que recuperó la libertad su conducta no ha ameritado una medida de esa naturaleza.

 

Los jueces devolvieron el expediente al tribunal oral y sostuvieron: “La resolución puesta en crisis presenta aspectos que resienten su motivación y que por ello la descalifican como acto jurisdiccional válido”.

 

Además agregaron: “La decisión cuestionada contiene una fundamentación insuficiente para cumplir con el estándar necesario de fundamentación exigido”.


NOTAS QUE TE PUEDEN INTERESAR

Desde el mediodía estarán habilitados 700 turnos para infancias riograndenses de 4 a 7 años que no...

Este fin de semana, con la participación de más de 130 alumnos y alumnas de diferentes dojos de la...

“A casi 31 años de la conformación del Consejo Ambiental de Ambiente y con la importancia que...

Fue una noche de mucho baile al ritmo de zambas y chacareras de la mano de artistas locales. Se...

COMENTARIOS