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“Promoción” industrial: el caso de Tierra Del Fuego

Economía: Guillermo Moreno propone el fin de la Ley 19.640

El ExSecretario de Comercio Guillermo Moreno (2006 /2013) escribió en un diario especializado en economía, que el régimen de la 19640, debía finalizar tardo o temprano. “No es recomendable sostener “in eternum” un espacio territorial a costa del conjunto de la economía” dijo Moreno con su mirada de economías y sumándose a una larga lista de funcionarios detractores que no quieren el régimen fueguino.

“ No es recomendable sostener “in eternum” un espacio territorial a costa del conjunto de la economía”, sostiene Guillermo Moreno.-

No es la primera vez y tampoco será la última que un economista como Guillermo Moreno concluya su mirada sobre la Ley 19.640, como un régimen que debería ser dado de baja.

Moreno hace un recorrido parcial de la historia reciente de proceso económico que vivió la isla a partir de la introducción de la Ley 19.640 y lo que significa su Área Aduanera Especial, para luego concluir que el régimen debería no ser eterno, es decir tener a vista su finalización.

Nada dice en el análisis del ex funcionario kirchnerista sobre lo que ocurriría en nuestra isla, si el gobierno nacional saca la Ley 19.640 tal como lo propone en su escrito y mucho menos habla de un “proceso” para cambiar el status económico de la provincia.

Se habla de una situación económica a “costa del conjunto de la economía”, pero no hay una sola palabra, en la parcial mirada de los escribientes sobre los beneficios que la Nación goza a partir de tener consolidado el polo poblacional en toda Tierra del Fuego, hablamos de la extracción de hidrocarburos, pesca, turismo, de la consolidación de la isla como polo antártico, etc.etc.etc.

 

Cantidad y Personal Ocupado en Establecimientos Industriales (en unidades) entre 2001 y 2020

Vayamos a lo que dice Morenos y su equipo económico reflejado en un artículo publicado por el diario digital  BAEnegocio.com

Si entendemos “la historia” como el “entrenamiento en el pasado” para poder “pensar en el presente” la “planificación a futuro”, lo acontecido con la ley 19.640/72 y sus modificatorias, de “Exención impositiva en el Territorio Nacional (hoy Provincia) de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, resulta un buen antecedente para pergeñar “lo industrial”.

Razones geopolíticas en los océanos circundantes, de soberanía en territorios de dificultoso ejercicio y de presencia activa en el continente antártico, entre otras, ameritaron regímenes ad hoc, que tendieron a incrementar la “densidad nacional” que  abarca al conjunto de circunstancias que determinan la calidad de las respuestas de cada nación a los desafíos y oportunidades que brinda el mundo. Concepto desarrollado por el Dr. Aldo Ferrer.

Ahora bien, próximo a cumplirse el quincuagésimo aniversario de creación de la norma, bien vale una sucinta evaluación de sus resultados y la adecuada prognosis. Para ello analizaremos algunos indicadores claves que denotan la transformación estructural acaecida en la región.

Incentivos que incrementan la rentabilidad empresaria

La norma original (modificada a la fecha en múltiples oportunidades), constituyó un “clásico en la materia” de promoción industrial. Con ese fin, “la Ley” recurrió a instrumentos impositivos y aduaneros, y creó sus propias instancias de control para su correcto cumplimiento.

En cuanto a lo tributario se eximió del pago de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que en la región se realizaren, o por bienes allí existentes a: las personas humanas de existencia visible, las sucesiones indivisas y las personas de existencia ideal . A su vez se creó, en la Isla Grande, un Área Aduanera Especial (AAE) donde, entre otras, se instrumentaron las siguientes medidas:

Exención de Derechos de Importación y de Exportación de terceros mercados, parcial o total según los casos4.

Exención de Derechos de Importación para las mercancías compradas desde el territorio continental argentino y originadas en el AAE.

Exención de Tributos y Derechos de las mercancías exportadas hacia la AAE.

Reintegros y Reembolsos a las empresas que exportaran al AAE similares a los que correspondiere a terceros mercados.

Es dable resaltar que el Poder Ejecutivo Nacional, solo podía modificar la norma transcurridos los 10 años de su aplicación. A su vez se considerarían “bienes originarios” del AAE a las mercaderías que hubieran sido: producidas íntegramente en ella, u “objeto de un proceso final, al tiempo de exportación, que implicare una transformación o trabajo sustancial

Su impacto estructural

En el “Cuadro” podemos observar la evolución de dos indicadores claves del sector en los últimos veinte años: cantidad de Establecimientos Industriales y Personal Ocupado.

Para su mejor evaluación se han clasificado en Industrias:

• De la Confección, que con aproximadamente 6 establecimientos disminuyó el personal ocupado de 556 (2010) a 235 al fin del periodo analizado.

• Electrónicas que alcanzó su máximo nivel de plantas (32) para el año 2015. Paulatinamente a partir de fusiones, adquisiciones o cierres definitivos, su número se redujo hacia fines del 2020 a 22. El personal ocupado disminuyó un 46% desde los 12.875 (2013) hasta los

• Plásticas, que con una relativa constancia en el número de establecimientos, con excepción del 2015/16/17/18, sostuvo un incremento de personal hasta el 2011 alcanzando los 766 ocupados, decreciendo posteriormente hasta un promedio de 600 trabajadores.

• Textil, que presenta la particularidad de haber duplicado el personal con prácticamente la misma cantidad de establecimientos y,

• Pesquera, que manifiesta una alta variabilidad en la cantidad de empresas, producida esencialmente por el ciclo global de la actividad.

“Sin Industria no hay Nación”

Si consideramos que antes de la implementación de la Ley, la actividad manufacturera en ese “Territorio Nacional” era prácticamente nula y que en el tiempo llegó a ocupar a 16.000 trabajadores (de una población del orden de los 140.000 habitantes, para los años 2013/14)5, podríamos afirmar que se trató de una decisión exitosa, pues se prohijó una correcta síntesis entre Industria y Soberanía.

Pero, va de suyo, que la Nación es un todo y, por consiguiente, la promoción regional debería minimizar las externalidades negativas generadas en los establecimientos localizados fuera del área en cuestión. 

Justamente sobre esta contradicción se ha edificado la crítica al sistema hasta hoy empleado y, ciertamente, no es recomendable sostener “in eternum” un espacio territorial a costa del conjunto de la economía. Por lo cual, una vez más, debemos recurrir al concepto de “armonizar tensiones”, en este caso la rentabilidad empresaria en general, vis a vis, con la de las actividades que se realicen en el espacio beneficiado. Más aún, como “nadie puede realizarse en una comunidad que no se realiza”, la buena política económica deberá proveer como prerrequisito a una exitosa intervención regional, al menos:

• Los equilibrios del sector fiscal y externo,

• Una inflación alineada con la internacional,

• El financiamiento de largo plazo con tasas de interés similares a las mundiales,

• Una correcta administración del comercio interior y exterior y,

• Una tasa de retorno de los proyectos de inversión que incentive, en principio, la utilización de los activos en moneda extranjera de los residentes.

Todo lo cual debe pautarse en un proceso de “planificación con autonomía decisional”, donde lo efectivamente consensuado sea realizado por hombres y mujeres libres, que lo encarnen por la mera convicción que lo ejecutado es lo mejor que pueden hacer en su propio beneficio, en el de su comunidad y en el de su patria.

El resultado será, en “la realidad efectiva” la concreción de un Modelo de Desarrollo Económico, Permanente y Sustentable (MoDEPyS) con orientación a la producción.

Lic. Guillermo Moreno, Lic. Pablo Challú y Lic. Walter Romero


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