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Se destraba la participación de las mujeres

Un paso más hacia la Paridad de Género en Ushuaia

El fallo a favor del amparo por paridad de género por parte del Superior Tribunal de Justicia, se conoció en la jornada de ayer. El dictamen del máximo Tribunal Provincial “garantiza que si un partido político obtiene dos bancas, indefectiblemente una será asignada a una mujer” y podrá ser aplicable en el próximos comicios, sin embargo y aunque el Movimiento de Mujeres celebró el dictamen, también destacan que: “Queda como responsabilidad el Concejo Deliberante generar las modificaciones en la ordenanza electoral correspondiente”.

Fallo a favor de la Paridad de Género en Ushuaia: “No implica que las bancas se ocuparán en paridad, pero destraba la participación de las mujeres”.

Ushuaia.- El Movimiento de Mujeres de Ushuaia se notificó el día ayer de la sentencia del Superior Tribunal de Justicia en la cual se hizo lugar al recurso de casación que las mismas habían interpuesto en el proceso del Amparo por paridad en el Concejo Deliberante de Ushuaia.

En este sentido, los jueces del Superior Tribunal coinciden en revocar la sentencia de la Cámara que daba lugar a la apelación del Concejo Deliberante, entendiendo que no se había realizado una interpretación armónica de todo el cuerpo normativo al que refiere la causa.

Se determina que si la paridad planteada por el artículo 218 de la Carta Orgánica Municipal no se traduce en una igualdad real de oportunidades para las mujeres, tomando lo indicado en el artículo 30 de la misma carta normativa y el artículo 37 de la Constitución Nacional, más acuerdos internacionales, entonces se desvirtúa la normativa.

La sentencia de Superior Tribunal busca igualar las condiciones de nuestro municipio a los nuevos estándares que ha planteado la ley 27412 de Paridad de Género en ámbitos de representación política a nivel nacional.

Lo planteado por los jueces entrará en validez en los próximos comicios y garantiza que las preferencias no modificarán la alternancia de la lista. Esto no implica que las bancas se ocuparán en paridad, pero destraba la participación de las mujeres en las bancas en la mayoría de los escenarios electorales.

Queda como responsabilidad el Concejo Deliberante generar las modificaciones en la ordenanza electoral correspondiente, para llevar a nuestra ciudad a una paridad real.

Desde el Movimiento de Mujeres valoraron la sentencia que fue resultado de la lucha y militancia feminista, de la construcción colectiva y transversal, de la perseverancia y dedicación de las mujeres ushuaienses. Fue un camino arduo y de al menos 3 años de trabajo mancomunado y la sentencia servirá de herramienta para establecer un nuevo piso de lucha, para que cada mujer de Ushuaia pueda tomar esta información y disputar los espacios de poder dentro de sus partidos políticos y otros espacios de militancia, y para seguir adelante generando acciones que garanticen el verdadero disfrute de los derechos de las mujeres.

 

¿Qué dice el fallo del Superior Tribunal de Justicia?

 

Con la firma de los Doctores Gonzalo Sagastume y María del Carmen Battaini, el STJ dictó pronunciamiento en relación al recurso extraordinario de casación interpuesto por el “Movimiento de Mujeres de la ciudad de Ushuaia” (“López Entable, Laura Cristina y otras c/Concejo Deliberante de Ushuaia s/amparo), que cuestionó la sentencia de la Sala Civil de la Cámara de Apelaciones de Río Grande.

En la línea del Dictamen del Fiscal ante el Superior Tribunal, Doctor Oscar Luján Fappiano -señala el fallo- si un varón de una lista es preferido de acuerdo al porcentaje establecido en la norma vigente que reglamenta dicho sistema, solamente modificará el orden impreso en la lista desplazando a otro varón; e idéntica situación se presenta en relación a las mujeres. “Ello en tanto, únicamente así, se garantizará en más y mejor medida, la paridad de género en el acceso a las bancas del Departamento Legislativo de la ciudad de Ushuaia”.

En consecuencia el fallo garantiza que si un partido político obtiene 2 bancas, indefectiblemente una será asignada a una mujer. El fallo pondera la armonización entre la paridad de género, la voluntad del constituyente capitalino, su reglamentación y la soberanía popular.

El Superior Tribunal de Justicia destacó que la interpretación mencionada resulta aplicable a partir de los próximos comicios a realizarse, y no genera consecuencias algunas ni invalida las designaciones de los actuales concejales de la ciudad de Ushuaia, ya que estos han sido proclamados en base a una interpretación adoptada para contabilizar las preferencias por la Junta Electoral Municipal encargada de organizar, supervisar y dirigir los comicios, que hasta esta oportunidad nunca había sido cuestionada ante este Estrado.

 


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