Procesando. Por favor aguarde...
Los caminos de Lijo: la Corte define si le toma juramento y volvería a tener 5 miembros
La Corte Suprema de Justicia se reúne este jueves en reunión de acuerdos para definir si le toma o no juramento a Ariel Lijo para que se integre al máximo Tribunal. Si lo aceptan, la Corte volverá a tener 5 miembros, algo que no sucedía desde 2021 cuando dejó su lugar Elena Highton de Nolasco.
Un equipo de juristas del más alto nivel de la Corte analizó cada uno de los pormenores y las opciones que podrían ocurrir, según pudo saber A24.com. Desde mediados del año pasado se sabía que la designación de los jueces podía ser por decreto y los ministros sabían que iban a tener que tomar decisiones. El análisis jurídico se hizo de manera reservada. No hubo mayores objeciones. El artículo 99 inciso 19 permite que se nombre jueces por decreto en situaciones excepcionales.
Los miembros de la Corte aducen algunas cuestiones.
Por el sistema institucional argentino, la Corte debe fallar sobre situaciones concretas y no sobre hipótesis. Hasta el jueves de la jura de García Mansilla, no hubo ningún fallo judicial que bloqueara la jura ni ningún pedido hacia ellos para que no le tomaran la jura.
El Senado podría haber rechazado los pliegos y no lo hizo. Es más. Ni siquiera hubo un dictamen negativo en la comisión de acuerdos al pliego de García Mansilla. Eso habría clausurado el debate.
Ningún referente opositor de peso salió a criticar la designación por decreto. En general, los argumentos fueron en contra de los pergaminos de Lijo por parte de espacios “republicanos”, pero nada dijeron los máximos referentes del peronismo; tampoco los gobernadores peronistas.
La letra de la Constitución es clara. El mecanismo está previsto. No puede haber una consideración política sobre el asunto. El tema debe ser estudiado desde un punto de vista 100% jurídico.
Dicho eso, Lijo no debería tener ningún impedimento para jurar este mismo jueves. El único problema pendiente -y por eso no pudo hacerlo el jueves pasado- fue que todavía no le había llegado a la Corte la autorización de la licencia en su cargo de juez federal. La Cámara federal lo autorizó el miércoles anterior, pero los cortesanos no llegaron a estudiar el tema.
Algunas consideraciones previas. Una rama de la “biblioteca jurídica” dice que no puede asumir estando de licencia; y que la Corte le pediría que renuncie.
Otros dicen que no habría ningún impedimento para asumir. La respuesta se guarda bajo siete llaves.
Algunas noticias periodísticas indican que en el entorno de Lijo admiten que si fuera imprescindible podría renunciar a su cargo como juez para asumir.
¿Qué puede pasar en el Senado?
Mientras tanto, en el Senado se da otro debate. El peronismo quiere rechazar los pliegos de los dos jueces para impedir que sigan en comisión.
Para eso, el primer paso sería completar el tratamiento en comisión. Es decir, que pase a la firma el dictamen para García Mansilla; Lijo ya tiene dictamen.
Una vez que pase esto, el peronismo dice que tiene los números para voltear a los dos jueces. Necesita 25 votos en contra para garantizar la votación y tiene 34 senadores propios.
El tema es que antes de someterlo a votación, necesita quorum y ahí está un poco más apretado: ¿podrán conseguir tres radicales que se sienten para que empiece la sesión?
Y aun así: ¿todos los peronistas están dispuestos a sentarse para voltear a Lijo? Había entre 12 y 14 que apoyaban su designación. ¿Por qué permanece Cristina en silencio?
El último dilema tiene que ver con qué pasaría si al final la oposición consigue rechazar los pliegos.
El Gobierno dice que igual los dos jueces -en caso de que Lijo jurara- seguirían en comisión hasta fin de año; la oposición dice que deben cesar inmediatamente en sus funciones. Otra pelea que puede terminar en la Justicia, con final incierto.
Por Pablo Winokur
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