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Ley 19640 y el subrégimen

Prorroga a textiles de TDF: Una de cal y otra de arena

La prórroga es solo por 4 años, hasta 2028 y con reducción de beneficios fiscales. Además, a partir de 2025, se reducirán en un 2,3% por año los beneficios fiscales para el sector. La medida beneficia a unas mil familias. Un directivo del sector califico a la norma como “Un gran parche”. Por el momento el sector sostendrá los puestos de trabajo pero con muy poca inversión.

Tenemos cuatro años para repensar la continuidad en la isla, dijo un directivo de una de las textiles más importante radicadas en la isla y que por obvia razones prefiere el anonimato.

“Es una de cal y otra de arena”, dijo el empresario y agregó “Nos dan 4 años más de como venimos funcionando pero luego entramos en una reducción gradual de beneficios, es en ese momento cuando deberemos analizar cómo estamos como país, si no podemos vaticinar lo que va a suceder en los próximos seis meses, menos podríamos opinar como esatremos dentro de cuatro años, pero lo cierto es que no creo que con esta norma tal como la presentan, el sector piense en invertir en la isla, por el momento vamos a mantener las fuentes laborales, pero no más que eso” dijo el gerente.

Lo cierto es que la prorroga a textiles es hasta 2028 y luego comienzan las  reducciones de beneficios fiscales para Tierra del Fuego.

La prórroga para textiles de Tierra del Fuego será hasta 2028 y habrá una reducción gradual de beneficios fiscales. De acuerdo al Decreto 594/2023 publicado en el Boletín Oficial de la Nación, la inclusión de las empresas textiles en el subrégimen de promoción industrial fueguino se extenderá hasta 2028. Además, a partir de 2025, se reducirán en un 2,3% por año los beneficios fiscales para el sector. La medida beneficia a unas mil familias.

Recordando que las empresas del sector textil representan aproximadamente un 20% de las industrias radicadas en Tierra del Fuego, y superan los 900 puestos de trabajo directos, el decreto señala que “con el fin de garantizar la continuidad de los puestos de trabajo de las empresas (…) resulta pertinente proceder a la prórroga de la vigencia de los derechos y obligaciones promocionales hasta el 31 de diciembre de 2028”. 

Sin embargo, la normativa puntualiza que “el Poder Ejecutivo Nacional ha llevado a cabo un análisis pormenorizado de los gastos tributarios, los cuales tienen su origen, entre otras razones, por la normativa vigente en materia de regímenes promocionales; y que, a raíz de ello, se ha destacado la necesidad de comenzar a adoptar medidas que tiendan a su reducción gradual”. En ese sentido, el decreto establece que resulta necesario “una reducción progresiva de los beneficios” durante el plazo de vigencia de la prórroga, determinando así que a partir de 2025 se reduzcan “en un 2,3% anual hasta la fecha de caducidad del régimen”. 

La normativa aclara, asimismo, que la inclusión del sector textil fueguino en la prórroga del subrégimen industrial podrá extenderse -mediante resolución fundada de la Secretaría de Industria de la Nación como autoridad de aplicación- hasta el 31 de diciembre de 2033, inclusive. 

El articulado del Decreto remarca que las empresas mantendrán en un 100% sus beneficios fiscales durante 2024, detallando que a partir de 2025 se reducirán al 97,7%; un 95,4% durante 2026; un 93,1% durante 2027 y un 90,8% durante 2028. 

En el caso de que se otorgue una extensión hasta 2033, la reducción de beneficios fiscales para las textiles fueguinas quedó establecida de la siguiente forma: 88,5% durante 2029; un 86,2% durante 2030; un 83,9% durante el año 2031; un 81,6% durante el año 2032; y un 79,3% durante el año 2033. 

El decreto que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de gabinete Agustín Rossi y el ministro de Economía, Sergio Massa, establece que “las empresas deberán manifestar su voluntad de adherir a los derechos y obligaciones establecidos en la presente medida hasta el día 30 de noviembre de 2023, inclusive”. 

Auditorías a empresas y participación del INTI: La normativa que incluye a las textiles en la prórroga del subrégimen industrial determina, en su artículo 6°, que la Secretaría de Industria de la Nación “podrá efectuar auditorías a las empresas adheridas a la prórroga dispuesta a fin de analizar aspectos productivos, tanto en sus establecimientos como en el ámbito de la Aduana que corresponda”. 

“En dichas auditorías, deberá constatarse, entre otros aspectos, que las existencias de insumos productivos se correspondan con los registros de producción y ventas y con la planificación productiva de la empresa”, detalla la normativa. Y con esa premisa “así como a efectos de contar con información técnica adicional o complementaria que resulte de interés”, la autoridad de aplicación podrá celebrar convenios con entes con competencia técnica, tales como el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). 

“Asimismo, podrá requerir al INTI la realización de auditorías que respalden el cumplimiento de las características técnicas requeridas para la aprobación de la acreditación de origen correspondiente”, agrega el decreto. 

 


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