Procesando. Por favor aguarde...
La Legislatura fueguina entregó copia de la Resolución al secretario de Energía de la Provincia Moisés Solorza, que declara de interés provincial el «Acuerdo de Regularización de Deudas con CAMMESA que incluye un reconocimiento de más de $ 2.500 mill
Hay que tener en cuenta que nuestra provincia es la única de nuestro país que se encuentra fuera del Mercado Eléctrico Mayorista “MEM”, y aislada eléctricamente del Sistema Argentino de Interconexión “SADI”, cabe recordar que en la isla actúan dos prestadores del servicio público de distribución de electricidad, la DPE que actúa en Ushuaia y Tolhuin y La Cooperativa Eléctrica en Río Grande y zona norte.
Según el Secretario de Energía de la provincia Moises Solorza, “El Gobierno Provincial resolvió reformular la organización y administración de su sistema eléctrico, para adecuarlo al funcionamiento que presentan los demás sistemas del resto del país, en consecuencia –dijo Solorza- se emitió la Resolución N° 732/2009 de la ex Secretaría de Energía del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (en adelante, “MPFIPyS”) definió el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego o “MEMSTDF” en el marco del cual se ejecutan transacciones de energía eléctrica en bloque dentro de nuestra provincia dijo el funcionario agregando que “Uno de los objetivos provinciales de la Secretaría de Energía, es incorporar en forma la progresiva al SADI y adecuación del sistema eléctrico de la provincia al ordenamiento fijado por la Ley N° 24.065” dijo Solorza.
En cuanto a la vinculación física del Sistema Eléctrico de Tierra del Fuego el Secretario de energía sostuvo que “La provincia jurisdicción se encuentra en la búsqueda de financiamiento para el proyecto presentado ante el CFEE que tiene como objetivo esa vinculación necesaria”.
Un dato importante a tener en cuenta es que la Resolución N° 732/09 estableció que “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista”, aprobados por la Resolución N° 61/1992 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y sus modificatorias y complementarias, se aplicarán a la comercialización y despacho del MEMSTDF. Adicionalmente, en su Artículo 4° estableció que la Secretaría de Energía determinará oportunamente, para el MEMSTDF, los precios estacionales y los precios de referencia para su aplicación en los cuadros tarifarios aplicando una metodología acorde a la establecida para el MEM. Que en dicha norma se previó la posibilidad de que CAMMESA suministre el combustible necesario para las centrales de generación de energía eléctrica de propiedad de DPE y la Cooperativa Eléctrica de Rio Grande, acumulando dicha parte una deuda con CAMMESA por dicho concepto.
Posteriormente, a efectos de equiparar el tratamiento de la generación de energía eléctrica en el ámbito del MEMSTDF con relación a esa generación en el ámbito del MEM, la Resolución SE N°12/2021 estableció la aplicación de los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEMSTDF, la aplicación del esquema de remuneración de la Generación Habilitada Térmica (GHT), de la Resolución N° 31/2020 de la Secretaría de Energía entonces dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, con las adaptaciones previstas en el Anexo II (IF-2020-81346464-APN-SSEE#MEC), y la aplicación de las Resoluciones Nros. 78/1995 de la ex Secretaría de Energía y Comunicaciones del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, 95/2013 y 529/2014, ambas de la ex Secretaría de Energía del ex MPFIPyS.
Luego en el artículo 5° de la Resolución, la Secretaría reconoció los créditos que resulten a favor de la DPE y la Cooperativa Eléctrica de Río Grande con el MEMSTDF y en virtud de la aplicación del esquema de remuneración previsto en la Resolución y de la aplicación de la provisión de combustible en los términos de las Resoluciones Nros. 95/2013 y 529/2014, ambas de la ex Secretaría de Energía del ex MPFIPyS, a partir del 1° de enero de 2016, una vez detraído lo que hubiese correspondido que DPE abone por la aplicación de los POTREF y el PEE en el MEMSTDF a la energía consumida a partir de dicha fecha, todo ello de acuerdo a la metodología establecida en el Anexo III (IF-2020-81346813-APN-SSEE#MEC) de la Resolución. Que en el artículo 7° de la Resolución, la Secretaría de Energía instruyó a CAMMESA a celebrar los acuerdos necesarios a efectos de regularizar las deudas de DPE.
Además que la Resolución en su artículo 8° establece que, con anterioridad a efectuar la aplicación de lo dispuesto, DPE y Cooperativa Eléctrica de Rio Grande, deberán presentar la renuncia a todo derecho, acción o reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral, contra el ESTADO NACIONAL y/o contra CAMMESA, en relación con los reconocimientos y compensaciones contenidos en la Resolución.
La síntesis del acuerdo
“Aplicar la suma de $ 1.093.955.753,68 en concepto de créditos reconocidos por la Secretaría de Energía a la deuda de $ 1.093.955.753,68 que DPE mantiene con CAMMESA por provisión de combustible para la generación de energía eléctrica, lo que la deja saneada definitivamente al organismo del Estado Fueguino.
Además, con el mismo criterio, Aplicar la suma de $ 1.492.549.757,12 en concepto de créditos reconocidos por la Secretaría de Energía a la deuda de $ 2.031.143.168,22 que la Cooperativa Eléctrica de Rio Grande mantiene con CAMMESA por provisión de combustible para la generación de energía eléctrica “
El Crédito tendrá como objetivo, incorporar de manera «Virtual» al SADI (Sistema Argentino de Interconexión) de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Las generadoras/distribuidores se comprometen a suministrar toda la información requerida para realizar las Programaciones Estacionales y Reprogramaciones Trimestrales, la Programación Semanal y Diaria y la Operación de su subsistema, así como también, los resultados de la operación en valores físicos de generación y consumo de combustibles y de disponibilidad por máquina, para su inclusión en las Transacciones Económicas de acuerdo a lo establecido en la Resolución.
Por último tanto la DPE como la Cooperativa Eléctrica de Río Grande, deberán informar a CAMMESA los representantes técnicos ante las distintas instancias de gestión (Programación, Operación, Transacciones Económicas). Asimismo, se compromete a brindar toda otra información que le sea requerida para su gestión en el ámbito del MEMSTDF.
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