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El Gobierno flexibiliza la importación de máquinas usadas

El Gobierno flexibiliza la importación de máquinas usadas: qué se podrá traer y a quiénes beneficia

El Gobierno flexibiliza la importación de máquinas usadas: qué se podrá traer y a quiénes beneficia

El Decreto 483/2026 actualiza el régimen, reduce requisitos y agiliza trámites para la entrada de maquinaria usada y líneas de producción.

 

El Gobierno oficializó la reforma por medio del Decreto 483/2026 publicado en el Boletín Oficial, que actualiza el régimen creado en 2016 para permitir la entrada de equipamiento productivo. La medida busca atraer inversiones, modernizar plantas y mejorar la competitividad de la industria nacional mediante normas que alivian requisitos administrativos y vuelven más ágil la importación.

 

Para acceder al régimen las empresas deberán acreditar compras locales por al menos el 10% del valor FOB de la maquinaria usada importada y presentar un dictamen técnico elaborado por un organismo estatal, una universidad nacional o un ingeniero matriculado. Los proyectos deberán arrancar en un año, aunque se admitirán prórrogas justificadas.

 

Alcance y novedades

La reforma amplía el universo de bienes autorizados: ahora se aceptan líneas de producción que incluyan maquinaria usada, repuestos y accesorios indispensables. Se incorporan expresamente equipos para el tratamiento de contaminantes del aire, suelo o agua y sistemas automatizados de depósito, los llamados “almacenes inteligentes”, que combinan maquinaria, electrónica y software.

 

Cambian además los límites por antigüedad: los equipos usados podrán tener hasta 20 años de fabricación y, si fueron reconstruidos o actualizados, el tope se estira a 30 años. El Gobierno redujo la obligación de compras locales del 30% al 10% sobre el valor FOB de los bienes importados para acceder al beneficio.

 

La autoridad de aplicación quedó en manos de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, que operará junto con la Subsecretaría de Comercio Exterior y la Subsecretaría de Industria y Economía del Conocimiento para evaluar y autorizar proyectos y tendrá facultades para dictar normas complementarias y fijar requisitos.

 

Trámites y validación

El decreto fija plazos concretos para la administración y los solicitantes, incorpora la Constancia de Expediente en Trámite (CET) y prevé mecanismos automáticos frente a demoras. La presentación y gestión de instrumentos se hará por la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y se validarán mediante el Sistema Informático Malvina (SIM).

 

El texto endurece sanciones: en caso de incumplimiento podrá ejecutarse la totalidad de las garantías y la autoridad podrá inhabilitar a la empresa para acceder al régimen durante tres años. También impone una multa adicional equivalente al 20% de los tributos omitidos, más intereses y cargos punitorios, y alcanza expedientes aún pendientes.

 


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