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Sistema de circulación vigente en Ushuaia y Río Grande

El Gobierno Provincial recordó los días y fechas para tránsito de peatones y vehículos en ambas ciudades, desde este lunes 5 de octubre en el marco de las nuevas flexibilizaciones de la cuarentena.

El Gobierno de la Provincia, mediante resolución N°1354 del Ministerio de Salud dispuso nuevas medidas para la circulación de personas.

 

En ese sentido, todos aquellos trabajadores que asistan a sus puestos de trabajo de las actividades habilitadas, deberán hacerlo con constancia de trabajo y DNI a fin de acreditar su identidad.

 

En el caso de trabajadores independientes y/o cuentapropistas deberán asistir con constancia de trabajo; matrícula y/o acreditación de inscripción en Obras Publicas y DNI para acreditar su identidad.

 

Las personas que quieran concurrir a los lugares habilitados, por ejemplo realizar compras en algún comercio, deberán circular de acuerdo a la normativa vigente. Esto es de acuerdo a la terminación del DNI o patente, es decir, las personas cuyo último número de DNI sea par (0, 2, 4, 6, y 8), podrán circular los días con fechas pares y aquellas cuyo último número de DNI sea impar (1, 3, 5, 7 y 9), los días de fechas impares, lo mismo sucede con la terminación de la patente del vehículo.

 

En el caso de aquellas personas que asistan a algún turno médico, para circular podrán hacerlo con el turno, sea en soporte papel o digital, independientemente de la terminación del DNI y/o patente.

 

Cabe destacar que estas medidas de circulación comienzan a regir en Ushuaia desde este lunes 5 de octubre y continuarán vigente en Río Grande.

 

De igual modo se recuerda la importancia de cumplir con todos los protocolos establecidos para cada actividad, rubro o servicio, como así también las medidas sanitarias de uso de tapaboca, lavado frecuente de mano y distanciamiento social.

 

 

Circulación de personas

 

Las personas cuyo último número de DNI sea par (0, 2, 4, 6, y 8), podrán circular los días con fechas pares y aquellas cuyo último número de DNI sea impar (1, 3, 5, 7 y 9), los días de fechas impares.

 

 

Circulación de vehículos 

 

Los vehículos cuyo último dígito de la patente sea par (0, 2, 4, 6, y 8)  podrán circular los días con fechas pares y aquellos cuyo último dígito de la patente sea impar (1, 3, 5, 7 y 9), los días con fechas impares.

 


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