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Para elegir representantes de los estatales y jubilados

Caja de Previsión Social llamó a elecciones

A partir de lo postulado por Ley 1070 el plazo de representantes actuales vence el 31 de diciembre próximo. De esta manera se dispuso que el 29 de noviembre tanto activos como pasivos, elijan sus representantes en las urnas en el seno del directorio de la Caja Previsional Social Tierra del Fuego.

Los representantes cumplirán mandato a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022, según la resolución a la convocatoria de N°100.

Río Grande.- Los representantes cumplirán mandato a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022, según la resolución a la convocatoria de N°100.

Los fundamentos establecidos por la Ley N°1070 considera que “los miembros del directorio durarán 3 años en sus funciones pudiendo ser reelectos".

También la norma en su artículo 7 establece que "el directorio convocará a elecciones con una antelación no menor a 120 días corridos desde el vencimiento del mandato de los mismos". Ante dicha circunstancia se hizo hinca pie en que "los actuales directores por los sectores activo y pasivo finalizan sus mandatos el 31 de diciembre de 2019".

De esta manera, desde el Directorio de la Caja se resolvió de manera unánime fijar en el artículo 1 de la resolución: "convocar a los afiliados activos de la Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego (CPSPTF) en carácter de activos con el fin de proceder a elegir a simple pluralidad de sufragios a 1 director titular y a un director suplente para integrar el directorio del organismo en representación del sector activo para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022, ambos inclusive, según lo establecido en el artículo 7 de la ley provincial 1070".

El artículo 2 está destinado a los afiliados pasivos para que elijan representantes en el mismo periodo de tiempo.

El artículo 3 sostiene “el acto eleccionario se llevará a cabo el día 29 de noviembre de 2019 a partir de las 8 (de la mañana) y hasta las 18 horas”. Y por último el artículo 5 sostiene “delegar en el presidente del organismo la coordinación de acciones con el Juzgado Electoral provincial a efectos de desarrollar las elecciones en el marco de la ley provincial 201” y en el apartado 6 se encomienda "a la Dirección General Previsional a la generación de los padrones de afiliados activos y pasivos al 31 de agosto del 2019".

 


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