Procesando. Por favor aguarde...
La decisión fue en el tribunal de casación, Sala II
La resolución final fue dictada en el día de la fecha, dejando atrás lo que se esperaba dictado por el doctor Gemignani, donde se habían estipulado audiencias para el próximo 31 de marzo. En ellas se iban a presentar las partes correspondientes a la causa, el Gobierno, la propia AMIA y los querellantes de DAIA. A su vez, también se esperaba la presentación de los informes finales antes del 8 de abril y dar sentencia.
El juez Gemignani tomó la decisión de actuar de dicha manera luego de que la jueza e integrante de la Sala II del tribunal de Casación, Ángela Ledesma, ingresara en una licencia de cuatro meses de duración. Por ello, la presidenta de la cámara dictó hace horas que la causa diera marcha atrás y esté en manos de los jueces anteriores del tribunal, Alejandro Slokar, Pedro David y la propia Ledesma.
Lo cierto es que Gemignani había adoptado la decisión de dictar sentencia luego de que la jueza Ángela Ledesma, integrante de la Sala II del tribunal de Casación, iniciara una licencia de cuatro meses.
El ya ex encargado de la causa, Gemignani, había acelerado los trámites para reemplazar a la doctora Ledesma por la mencionada licencia. Asimismo, había declinado una medida de prueba que había solicitado Ledesma, considerándola “dilatoria para el fallo. Ledesma, mientras estuvo, solicitó a Cancillería una mediación con las Naciones Unidas para que el organismo informe acerca del registro del Memorándum de Entendimiento según el artículo 102 de la carta de las Naciones Unidas. Por ello, Gemignani anunció lo que hoy se fue cancelado: que la sentencia se diera a conocer el día 8 de abril del corriente año.
En la resolución firmada hoy, Figueroa pidió a la Cámara la devolución a los magistrados Ledesma, Slokar y David; argumentando que tienen relevancia institucional y para mejor conocimiento. Además, afirmó que con ello aseguraría el cumplimiento de las normas constitucionales, convencionales y legales.
También recuerda, al sostener la relevancia del caso y que los tres jueces originales tengan conocimiento, que las actuaciones del caso ingresaron por sorteo a dicha sala del tribunal.
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