Procesando. Por favor aguarde...
“Si bien este es mi documento, en el de todos los fueguinos se repiten las mismas falencias, y en el de todos los argentinos, figura el mapa incompleto”, observa el joven Luciano Moreno Calderón.
Río Grande.- En el proyecto elevado al parlamente provincial, los jóvenes señalan: “Honorable cuerpo legislativo de la hermosa provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, desde el grupo de trabajo conformado por Luciano Moreno Calderón y Rodrigo Palacios, llamado ‘Unión Malvinizadora Argentina’, nos dirigimos a ustedes con motivo de ponerlos en conocimiento de un hecho que consideramos inquietante y pernicioso, no sólo para nuestra provincia y sus habitantes sino para los de toda la Nación argentina”.
Aseguran que “con preocupación vemos que en el reverso del Documento Nacional de Identidad digital expedido por el Ministerio de Interior Transporte de la Nación, existe un error que a nuestras luces, y a las de cualquier argentino, es grosero e incurre en un menoscabo directo a nuestros intereses nacionales en general, y a la identidad y visibilización de la integridad y extensión territorial de nuestra provincia en particular”.
En ese sentido manifiestan: “estimados legisladores, si ustedes han realizado el trámite para el cambio del documento y lo tiene en su poder, les solicitamos que en este momento lo tomen en sus manos, miren en su reverso, y se hagan dos preguntas esenciales que lo llevarán a entender por sí mismos esta crítica constructiva, devenida en propuesta:
1 ¿Cuál es el Nombre de nuestras provincia y qué es lo que dice?
2 ¿Cuál es la verdadera extensión de nuestro país y que es lo que figura como tal?
Si se tomaron el trabajo de hacer lo expuesto anteriormente seguramente notaron que si están domiciliados en la provincia fueguina el nombre de ella está incompleto, y que al mapa de la nuestro país le falta el territorio antártico y las islas del Atlántico Sur”.
En su extenso alegato, los jóvenes sistematizan su argumente y señalan que “si bien la Constitución Provincial habla de su nombre en las primeras palabras del Preámbulo, donde reza que ‘El Pueblo de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a través de sus representantes reunidos en Convención Constituyente, declarándose como parte de la Patagonia, y con el objeto de ratificar su indisoluble integración a la Nación Argentina’, recién hace una referencia jurídica de él en el primer y segundo párrafo del Art 1, donde dice: ‘La Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, como parte integrante de la República Argentina y de acuerdo con el régimen democrático y federal establecido por la Constitución Nacional, que es su ley suprema, organiza su Gobierno bajo la forma republicana y representativa. Su nombre oficial es el mencionado precedentemente’.”
“Acto seguido, en el tercer párrafo, dice: ‘En la documentación oficial y edificios públicos (provinciales), podrá utilizarse indistintamente "Provincia de Tierra del Fuego’. Interpretar es dotar de sentido, y, a este respecto, entendemos que puede existir alguna divergencia en cuanto a entender como correcta o incorrecta esta omisión, porque si bien la máxima Carta Provincial dice que se puede utilizar el nombre ‘Provincia de Tierra del Fuego’ sin el fragmento ‘Antártida e Islas del Atlántico’ en la documentación oficial y los edificios públicos - refiriéndose, según nuestra interpretación, a los provinciales no a los nacionales, ya que no es jurisdicción de la provincia establecer leyes de carácter nacional y menos en su Constitución Provincial -, debemos analizar si esto es lo que correcto y oportuno en este momento histórico particular que atraviesa nuestro país”, esgrimen.
En ese punto consideran que “no podemos abstraernos que este texto fue redactado hace bastante tiempo y en circunstancias diametralmente opuestas a las actuales, donde existía una tibieza inquietante por parte del Ejecutivo Nacional con respecto a nuestra soberanía en el Atlántico sur, evidenciada en la decisión de de vetar parcialmente el artículo primero de la Ley N° 23775 del año 90 que instaba al territorio nacional en conformarse como provincia, en lo atinente a sus límites mediante decreto 905/90 del 10 de mayo del mismo año, diciendo luego en su Art 2 que “En lo que se refiere a la Antártida, Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y demás islas subantárticas, la nueva provincia queda sujeta a los tratados con potencias extranjeras que celebre el gobierno federal, para cuya ratificación no será necesario consultar al gobierno provincial”. Error que recién fue enmendado en el año 2009 gracias a las ley N° 26552 cuando se dictaron por fin lo límites de nuestra provincia”.
Destacan que “es importante resaltar que el nombre de nuestra provincia no es azaroso, sino todo lo contrario, fue forjado con el atinado objetivo de que todos supieran la verdadera extensión de ella, y del país que la cobija, originando en su momento un gran debate en el seno de nuestros constituyentes originarios, que se abocaron a dirimir entre dos posturas antitéticas a las que llamaron, la “provincia chica” y la provincia grande, que por suerte y acertadamente se optó por esta última. Incluso si observamos bien la Nación no acorta nuestro nombre en las leyes fundamentales que nos incumben, como se el caso de las dos leyes citadas y tantas otras de otro carácter en relación a nuestro territorio provincial”.
“Como podemos ver, el nombre de nuestra provincia está vinculado con nuestros intereses soberanos, y la omisión de esa porción (‘Antártida e Islas del Atlántico Sur’), a nuestro criterio, atenta contra ellos, siendo una falencia estratégica en la visibilización interna y externa de nuestra concepción de provincia y país. Y si bien entendemos que es un error desafortunado y totalmente desprovisto de intencionalidad, es importante y urgente que sea inmediatamente enmendado”, reclaman.
“Es nuestra intención dejar claro el sentido de nuestra interpretación, al cual no elevamos a la calidad de verdad de revelada, y que nos dice que hoy más que nunca debemos profundizar la exteriorización de nuestro sentir, ya que este se encuentra en consonancia con la opinión pública mundial, la cual, como hemos visto, se vuelca lentamente a nuestro favor, en lo que se refiere a nuestras legítimas prerrogativas soberanas”.
La Argentina Bicontinental
Por otro lado, “otra cosa es lo que sucede con el figura del mapa que aparece en el reverso del citado DNI, a la cual consideramos realmente un desatino grosero, teniendo no solo presente que se omite poner casi la mitad de nuestro territorio nacional y la mayor proporción de los territorios de nuestra provincia, sino porque existe una ley muy clara, la Nro. 26.651, sancionada el 20 de octubre de 2010 y promulgada el 15 de noviembre de 2010, que establece la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo como así también en su exhibición pública en todos los organismos nacionales y provinciales, el mapa bicontinental de la República Argentina, el cual muestra la Antártida Argentina en su real proporción con relación al sector continental e insular”.
Entienden estos jóvenes que “esta situación señalada es un ultraje y un menoscabo significativo a la identidad de nuestra provincia y su integridad territorial, que debe ser enmendado cuanto antes, porque no solo nos afecta a los ciudadanos fueguinos que vemos el nombre de nuestra provincia incompleto, sino que también observamos la falta de gran parte de ella, y no solo solamente a nuestros ojos, sino frente a los ojos de todos los argentinos que tengan en su poder el DNI nuevo”.
Dicho documento, además, “tiene una importancia trascendental en toda la ‘Unión de Naciones Sudamericanas’ (con excepción de Surinam y Guyana) porque los titulares de un DNI argentino pueden entrar sin pasaporte a los países que lo conforman, teniendo por ello no sólo un rol visibilizador interno, sino internacional, y no puede concebirse que en él exista una imagen de nuestro país cercenado.
Los Miembros de los Unión de Naciones Sudamericanas, que permiten esto son, por ahora:
• Bolivia
• Colombia
• Ecuador
• Perú
• Brasil
• Paraguay
• Uruguay
• Venezuela
• Chile
• Guatemala
Así, el hecho de ser el nuevo dni un documento de reconocimiento internacional, y de especial trascendencia para los países que conformamos el MERCOSUR, nos exige una rigurosa observación ya no solo en cuanto al cumplimiento de la ley 26651, sino también al logo que identifica el éjido jurisdiccional de nuestro país, para ubicarlo como factor visibilizador del compromiso con nuestros propios intereses soberanos como nación y en consonancia con los regionales”.
“Si bien entendemos que existen algunas discusiones territoriales en relación a los territorios antárticos, no por ello tenemos que dejar de visibilizar nuestra concepción de país y dimensión territorial, en este caso fundamentado por una presencia ininterrumpida desde 1904, siendo la primer nación del mundo en establecer una base en el suelo de nuestra hoy Antártida Argentina”.
En síntesis, “si bien sabemos que este es un error desafortunado y totalmente inintencional, ya que no se condice con la política del Estado Nacional en torno a la constante e ininterrumpida reivindicación soberana de todo nuestro Atlántico Sur y el sector antártico, entendemos que el que el nombre de nuestra provincia esté incompleto no tiene asidero argumental excusatorio alguno y es un grave error para con los hermanos fueguinos, que luego se completa, pero a nivel nacional y a los ojos de todos los argentinos, con la ausencia en la silueta del mapa argentino, de nuestro territorios antárticos y las islas del Atlánticos Sur, y debe ser rápidamente enmendado”, entienden.
Desde la Unión Malvinizadora Argentina “apelamos a la madurez política provincial y nacional para que se tomen de manera inmediata las determinaciones tendientes a evitar que se sigan emitiendo Documentos Nacionales de Identidad con las características viciosas citadas. Por ellos creemos que se debe informar, cuanto antes, al Ministerio del Interior y Transporte sobre nuestra inquietud y rectifique el DNI en favor de nuestros intereses provinciales, nacionales y regionales”.
Demostración gráfica:
La Unión Malvinizadora Argentina, por todo lo expuesto en los párrafos anteriores, solicita al parlamento provincial que “de manera inmediata y por el medio más expedito, remita al Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, un pedido unánime de los legisladores provinciales, para que lo antes posible:
1_ Comience a colocar el nombre completo de nuestra Provincia, que no es otro que ‘Tierra del Fuego, Antártida e islas del Atlántico sur’, e instrumente lo necesario para modificar con el tiempo los ya emitidos;
2_ Comience a colocar la figura bicontinental del mapa de nuestro país en reemplazo de la que figura hoy se muestra erróneamente como tal, y que tan solo es una mitad él, e instrumente lo necesario para modificar con el tiempo los ya emitidos”, finaliza el pedido a los legisladores provinciales.
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