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Final para los “contratos basuras” impulsados por la UOM

Finalmente el ministro de Trabajo Claudio Carrera dio a conocer que se emitió la resolución por la cual se ordena a las dependencias del Ministerio de Trabajo, que lleven a cabo “políticas y acciones para el efectivo cumplimiento de la ley 20.744 –ley de contrato de trabajo- con relación a las modalidades contractuales utilizadas en el ámbito de la provincia”, conocidas como contratos basura.

La medida había sido adelantada hace unos días atrás por el propio ministro quien sostuvo que “Esto tiene que ver con los contratos de las fábricas. Cuando asumí dije que era un tema que íbamos a resolver, sabía que iba a ser difícil, que teníamos que hacerlo prolijo y bien. Para eso había mandado a inspeccionar varias fábricas. En base al resultado de las primeras inspecciones ordené a la dirección general de jurídicos emitir un dictamen, de acuerdo a la información colectada. El dictamen lo hicieron tres abogados de planta, y a partir de ese dictamen se emite esta resolución”, detalló el funcionario.


“En los considerandos ponemos algunos de los párrafos del dictamen, que tiene catorce páginas. La resolución tiene seis páginas y se citan antecedentes, jurisprudencia, y hacemos una marcada diferencia entre los contratos a plazo fijo, los contratos eventuales y los contratos por tiempo indeterminado”, explicó.

No más acuerdo entre UOM y AFARTE: El ministro puntualizó en la mirada que pusieron sobre “el acta acuerdo que firmó la UOM con AFARTE y fue homologada por el Ministerio de Trabajo de Nación. En el primer párrafo, punto tercero, está bien especificado que los contratos a plazo determinado responden a necesidades objetivas, previsibles o no, y nunca a la voluntad de las partes. Ante necesidades objetivas previsibles, se aplican contratos a plazo fijo; ante las necesidades extraordinarias y no previsibles, corresponden contratos eventuales; y ante necesidades del tipo normal y habitual corresponden contratos indeterminados”, es decir la llamada planta permanente o efectiva, diferenció.

 

Ahora afinarán la lupa en las nuevas inspecciones, para detectar contratos reiterados y el uso fraudulento de estas modalidades. Se labrarán multas y no se descarta llegar a la justicia, donde hay juicios ganados, aseguró Carrera. “Cada empresa y contratos tienen un análisis diferente. Hay que ver cuántos contratos tuvo una persona, en qué situación está, el tiempo entre uno y otro. Es un trabajo bastante arduo, pero con esto yo ordeno e instruyo a todo el ámbito del Ministerio de Trabajo a fijar las políticas para dar efectivo cumplimiento a la ley con relación a las modalidades contractuales”, remarcó.


“Esto es poner en un pie de igualdad a toda la provincia con el sistema de contratos. Es una resolución interna para el personal, para definir cómo nos vamos a manejar de ahora en más en las inspecciones en las fábricas, y vamos a fijarnos en lo que dice la ley 20744. No vamos a considerar ningún otro acuerdo por afuera de lo que diga la normativa, incluido el acuerdo entre la UOM y AFARTE”, sentenció el Ministro.
 

Antecedentes: Como antecedente a favor del Ministerio, dijo que “en su momento infraccioné por contratos sucesivos a la empresa FAMAR, y hay un expediente del año 2001, cuando era subsecretario de trabajo de la provincia. Hubo un dictamen, la fábrica apeló la infracción en la justicia, perdió la primera instancia en el juzgado laboral y la segunda instancia en la Cámara de Apelaciones. Desistió del juicio y dejó liberada la multa. Todas estas cosas llevan mucho tiempo”, reconoció, pero espera detectar las irregularidades en las inspecciones e ir corrigiendo las distorsiones que se provocaron en los últimos años.


“Si encontramos este tipo de irregularidades, cuando termine el sumario y se haga el dictamen jurídico, seguramente las empresas serán multadas. Tenemos abogados laborales del mismo ministerio y ya las empresas han perdido juicios por este tipo de modalidad. Han perdido en la primera instancia y en la cámara de apelaciones, es decir que hay antecedentes”, reiteró.

De ahora en más, efectivos: Consultado acerca de lo que puede ocurrir si las empresas deciden no renovar contratos después de la licencia vacacional, por esta resolución del Ministerio, Carrera priorizó la certidumbre que necesitan los trabajadores, hoy sin derecho a indemnización por estas modalidades que habilitó el gremio: “Aquellos que tomen pasarán a ser contratos por tiempo indeterminado, es decir, efectivos. Esto es lo que marca la ley y tenemos que poner en un pie de igualdad a todos”, dijo.

Aunque las empresas argumenten que en estas condiciones no van a contratar personal, insistió en que “la ley es una desde el año ’72. Ellos tienen que justificar una ocasión extraordinaria para un contrato eventual, y la ley permite contratos hasta cinco años. El empleador no puede hacer lo que quiera. Tiene un marco para desenvolverse y nosotros estamos tratando de volver a la normalidad”, enfatizó.

“Uno no puede jugar con la incertidumbre de la gente. Si estamos pidiendo a Nación certidumbre con respecto a la 19640, es lógico que le demos certidumbre a los trabajadores. Lo único que hacemos es cumplir con la ley. Hasta la misma UOM pidió que solucione esto y tengo una nota del mes de mayo del congreso de delegados, pidiendo que se solucione esto. Todos pidieron que la gestión Bertone hiciera algo con estos contratos, y nosotros estamos haciendo lo que la ley marca”, concluyó Carrera


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