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Procesaron a Julio De Vido y a Ricardo Jaime

Lo dispuso el juez Sebastián Ramos, quien además trabó un embargo por 500 millones de pesos para cada uno

Julio De Vido y Ricardo Jaime, dos funcionarios emblema del kirchnerismo, sumaron hoy un nuevo procesamiento. La decisión la tomó el juez Sebastián Ramos, que investiga por qué el gobierno anterior no renegoció los contratos de las explotaciones ferroviarias.

Los procesamientos son por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con la función.

El juez trabó, además, un embargo de 500 millones de pesos para cada uno.

En la investigación judicial quedó demostrado que Jaime nunca convocó -mientras fue secretario de Transporte entre 2003 y 2009- a la renegociación de los contratos de la explotación de los ferrocarriles como correspondía hacer. El ex secretario, actualmente preso por orden del juez Julián Ercolini, no designó los equipos técnicos de la Secretaría de Transporte para que colaboraran con la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN) que revisó los convenios de los sectores privatizados de la economía. Esa Unidad, con otro nombre, fue creada en medio de la emergencia económica en 2002 y reformulada en 2003 con su nueva denominación.

A partir de la llegada en 2003 de Néstor Kirchner a la Casa Rosada se renegociaron varios contratos de sectores privatizados de la economía. Pero jamás sucedió con las concesiones ferroviarias de transporte de pasajeros. Fue Jaime quien, según la investigación, nunca integró los equipos que la UNIREN le solicitó para reformular los contratos ferroviarios.

Cuando declaró en indagatoria, Jaime señaló que la responsabilidad de aquella renegociación era de Julio De Vido. Según fuentes judiciales, Jaime citó la Ley 26.352 del año 2008 por la que se crearon la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF) y Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (OFSE).

Los investigadores judiciales sostuvieron que al no haberse renegociado los contratos, se abrió una etapa de discrecionalidad en la asignación de los millonarios subsidios al transporte, de laxitud en el control de las concesionarias, de falta de ejecución de las penalidades que debían sufrir las empresas cuando incumplían las normas y de otorgamiento de contratos de obras sin licitación. Todo eso sucedió durante la época en que Jaime -según se comprobó judicialmente- se hizo rico a costa de los negociados en el área de Transporte.

El estudio de abogados que representa al ex ministro de Planificación aclaró que el procesamiento "es absolutamente nulo y violatorio del derecho de defensa, en grave contradicción con las constancias de la causa, que valora de modo distorsionado, pretendiendo arrogarse la facultad de indicar cuál habría sido la voluntad política correcta del Poder Ejecutivo en esta materia".

Argumentaron que De Vido en sus declaraciones juradas "aclaró todos los puntos que se le indicaron en su imputación" y que "propuso prueba que no fue resuelta ni producida por el juzgado".

Al respecto, indicaron: "Es relevante conocer que entre los testigos propuestos se encontraron todos los ex ministros de Economía, que ejercieron conjuntamente la Presidencia del ente UNIREN encargado de la renegociación de los contratos, sin que ninguno de ellos extrañamente hubiera sido llamado a declarar ni a aclarar su propia responsabilidad en el tema que, de manera exclusiva, se le atribuye a De Vido".

El comunicado firmado por los abogados Julio Virgolini y Adrián Maloneay, detalla cuatro puntos por los cuales el procesamiento "es oportunista, tramposo y jurídicamente nulo".

En el primer punto, sostienen que "en el año 2016 no tiene explicación presentable alguna la decisión de procesar a ciertos funcionarios por hechos de gestión del año 2008, en una causa iniciada en el año 2012 que contaba con todos los elementos existentes en la actualidad".

Luego, dicen que el juez "invoca documentación obrante en una causa distinta, cuya existencia no le fue comunicada (a De Vido) en el acto de su indagatoria, razón por la cual no pudo dar las explicaciones correspondientes" y agrega que "el ocultamiento al imputado de la prueba que el Juez piensa invocar contra él constituye una gravísima falta, porque le impide defenderse".

El tercer punto hace referencia que luego de declarar, "De Vido y sus defensores propusieron medidas de prueba necesarias para su defensa, que el Juez no examinó, ni aceptó ni rechazó. Las pruebas de descargo deben ser obligatoriamente examinadas por el Juez y producidas si fueren conducentes. Silenciar totalmente esas pruebas es un grave incumplimiento de los deberes del Juez".

Por último, concluyeron: "Invoca contra De Vido una declaración testimonial cuyos alcances fueron expresamente aclarados por el propio testigo, de una forma contraria a lo que el Juez afirma; y silenciar la existencia de esas aclaraciones constituye también una gravísima falta a los deberes del magistrado que compromete su propia responsabilidad funcional".

 


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