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Régimen de retiro anticipado

Álvarez: “El objetivo es optimizar los recursos humanos”

El beneficio será voluntario para quienes así lo deseen. El Estado no podrá ocupar esas vacantes con nuevo personal. Los municipios también podrán implementar sus propios planes.

El Gobierno promulgó la Ley Provincial 1200 de retiro voluntario para el personal de los tres poderes del Estado, organismos centralizados, descentralizados, entes autárquicos, empresas del Estado Provincial, Tribunal de Cuentas y Fiscalía de Estado. Quienes accedan a este régimen percibirán por única vez una suma bonificatoria y el equivalente al 60% de su remuneración por un periodo de tres años, tras lo cual el agente quedará desafectado.

 

El ministro de Gobierno y Justicia José Luis Álvarez informó que esta medida comenzará a implementarse efectivamente en 60 días. “Consistirá, en principio, en una suma de dinero que será determinada por el Ministerio de Economía y luego en el pago de un incentivo económico que se extenderá por 36 meses correspondiente al 60 % de los haberes normales y habituales que perciban los trabajadores que se quieran acoger”.

 

Pasados los 36 meses “la persona quedará totalmente desafectada de la administración pública provincial” explicó el Ministro, y no podrá ser designada en cargo alguno de la planta permanente, ni contratado para cumplir funciones en cualquiera de los tres Poderes del Estado Provincial hasta después de cumplidos los 5 años de haber percibido la última cuota del beneficio. De igual manera, la vacante generada por el retiro anticipado no podrá ser cubierta hasta la finalización del pago del beneficio.

 

“Este régimen de retiro da la posibilidad a quien le falte uno, dos o tres años para jubilarse, de poder seguir haciendo sus aportes y contribuciones, y computarlos como años de servicio para poder acceder al beneficio de jubilación” agregó Álvarez.

 

El Ministro aclaró que “este régimen de retiro forma parte del Consenso Fiscal al cual adhirieron los municipios, así que estamos esperando el aporte que haga Nación para poder así reglamentarlo rápidamente”.

 

La reglamentación y las condiciones se publicarán próximamente en la página web oficial del Gobierno de la Provincia.

 

“La persona que se acoja a este beneficio no podrá reingresar al Estado provincial hasta pasados cinco años de haber cobrado la última cuota, por lo que, si se suman los 36 meses del beneficio más los cinco años de inhabilitación, son casi 8 años. Esa vacante quedará congelada durante los 3 años que dure el beneficio y no se podrá incorporar a nadie en ese lugar. No es intención del Gobierno de que salga gente para que entre más gente. Lo que necesitamos es optimizar los recursos humanos” concluyó Álvarez.

 

Quedarán excluidos de la posibilidad de acceder al régimen de retiro anticipado, el personal policial, los profesionales de la salud y el personal del servicio penitenciario; los agentes con sumario administrativo en trámite; quienes estén procesados por delitos en perjuicio de la administración pública Provincial; quienes hubieran presentado su renuncia, aun cuando ésta estuviera pendiente el acto formal de aceptación y quienes tengan otorgado un beneficio previsional con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la medida, con excepción de los beneficios otorgados por fallecimiento del cónyuge.


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