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Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur

Pareja fue condenada por lesiones causadas a niño de 5 años

El acusado fue condenado a la pena de 7 años por el delito de lesiones graves agravadas en perjuicio de un niño de 5 años. La madre del pequeño, Elizabeth Sáez recibió una pena de 5 años de prisión, aunque por el delito de abandono de persona. Al sujeto se le unificó la pena con una condena anterior por hechos similares, por lo que ahora deberá cumplir 13 años de prisión de cumplimiento efectivo.

Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, García Arpón y Bembihy Videla dieron a conocer ayer por la tarde el veredicto por el cual Jhonatan Matías Quiroga recibió la pena de 7 años de prisión al encontrarlo culpable por el delito de lesiones graves agravadas en un número indeterminado de veces; mientras Elizabeth Sáez, madre del menor, recibió 5 años de prisión, por abandono de persona.
Quiroga ya tenía dos condenas judiciales, una de ellas aún vigente por 6 años y 8 meses, a la cual se le anexó todo en una pena definitiva de 13 años, declarándolo reincidente por segunda vez.
Los fundamentos del fallo se darán a conocer el próximo 5 de diciembre, quedando ambos imputados en estado de detención como llegaron al juicio.
Los hechos fueron precisados por la acusación entre septiembre del año pasado y este 5 de marzo en que el abuelo del menor hizo la denuncia, dando cuenta de las numerosas lesiones que presentaba en rostro, quemaduras de cigarrillos en el cuerpo y lesiones en los pies que fueron causados con agua caliente en un aberrante e incomprensible accionar de crueldad.

Alegatos: Fiscal pidió 7 años de prisión para pareja imputada por daños a menor de edad, y los defensores, la absolución

Previo a conocerse la condena impuesta a estas dos personas, se realizó la etapa de alegatos de las partes involucradas.
El primero en alegar fue el representante del Ministerio Público Fiscal, doctor Eduardo Urquiza, quien describió todas las heridas que fueron certificadas en el cuerpo del niño, cuando ingresó al hospital local, luego de la denuncia que efectuara el abuelo materno ante la Policía.
Asimismo, hizo mención a la declaración testimonial de la hermana del niño de 5 años, quien en Cámara Gessel contó que había escondido el palo con el que le pegaban a su hermano para que el imputado no lo encontrara y de esa forma cesara la violencia.
“El imputado aumentó inhumanamente y de forma deliberada el sufrimiento del niño, provocándole fractura de cráneo, cefalohematoma, múltiples hematomas en cara, cabeza, espalda, muslo, abdomen, excoriaciones en tórax, entre otras lesiones, razón por la cual el niño llegó al examen médico llorando, debido al dolor”, resumió el fiscal Urquiza.
También, dio cuenta del informe de la licenciada Aracena, perito del Poder Judicial, quien en el encuentro que tuvo con el niño, lo notó “verborrágico y tembloroso; evidentemente dolorido por las heridas que tenía en su cuerpo”, haciendo referencia como autor de ello, al imputado, quien “arrojó agua caliente en los pies, golpeó con cables, cigarrillos, y palos”.
Respecto de la madre del niño, el fiscal Eduardo Urquiza, afirmó en su alegato que la mujer “abandonó a su suerte” al niño, y que siendo la progenitora, tenía dominio, poder y deber para frenar esa situación de violencia y nada hizo; sino que se mostró esquiva”.
El representante del Ministerio Público Fiscal, pidió al Tribunal de Juicio, condene al imputado a la pena de 7 años de prisión efectiva por el delito de lesiones graves, agravadas reiteradas por su comisión con ensañamiento, y a la mujer a la pena de 7 años de prisión efectiva por el delito de abandono de persona agravado por el vínculo y por haber resultado grave daño en la salud de la víctima.
Por su parte, el Defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, doctor Gustavo Ariznabarreta, quien asistió al imputado, sostuvo en su alegato que “no hay testimonio en primera persona de la víctima” sino palabras de terceros, tales como la declaración de la hermana del niño, de la licenciada Aracena y de la pareja del abuelo materno, “cuando el verdadero testigo es el niño, que no declaró”.
Para el Defensor “la prueba no es completa ni suficiente”, por lo que pidió a los jueces tener en cuenta el beneficio de la duda, motivo por el cual pidió la absolución de su defendido, y que en caso de haber condena se califique de modo distinto.

“No abandonó a su hijo, lo cuidó con los medios que tenía a su alcance”, dijo la Defensa de la mujer

Finalmente, la Defensora Pública, doctora María Eugenia Díaz, quien asiste a la madre del niño en el proceso, pidió tener en cuenta el contexto de vida de la mujer, haciendo referencia a la cuestión de “género, y la salud psicológica y física de ella”.
“No abandonó a su hijo, lo cuidó con los medios que tenía a su alcance, y los testigos dieron cuenta de cómo era como madre hasta antes que estuviera en pareja con quien hoy se encuentra imputada con ella”, acentuó la funcionaria judicial.
En tal sentido, Díaz precisó que la mujer “no podía vislumbrar el riesgo porque ella misma está en riesgo, y tiene un síndrome de alienación que sufren las personas víctimas de violencia; siempre ha sido víctima de violencia y ha recibido golpes de sus ex parejas”.
Su defendida “no conoce el peligro ni identifica la violencia porque ya lo tiene naturalizado, la incorporó como un modo de vida. Ella es tan víctima como su hijo, hasta el punto que no fue capaz de modificar su entorno”, dijo finalmente.Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, García Arpón y Bembihy Videla dieron a conocer ayer por la tarde el veredicto por el cual Jhonatan Matías Quiroga recibió la pena de 7 años de prisión al encontrarlo culpable por el delito de lesiones graves agravadas en un número indeterminado de veces; mientras Elizabeth Sáez, madre del menor, recibió 5 años de prisión, por abandono de persona.
Quiroga ya tenía dos condenas judiciales, una de ellas aún vigente por 6 años y 8 meses, a la cual se le anexó todo en una pena definitiva de 13 años, declarándolo reincidente por segunda vez.
Los fundamentos del fallo se darán a conocer el próximo 5 de diciembre, quedando ambos imputados en estado de detención como llegaron al juicio.
Los hechos fueron precisados por la acusación entre septiembre del año pasado y este 5 de marzo en que el abuelo del menor hizo la denuncia, dando cuenta de las numerosas lesiones que presentaba en rostro, quemaduras de cigarrillos en el cuerpo y lesiones en los pies que fueron causados con agua caliente en un aberrante e incomprensible accionar de crueldad.

Alegatos: Fiscal pidió 7 años de prisión para pareja imputada por daños a menor de edad, y los defensores, la absolución

Previo a conocerse la condena impuesta a estas dos personas, se realizó la etapa de alegatos de las partes involucradas.
El primero en alegar fue el representante del Ministerio Público Fiscal, doctor Eduardo Urquiza, quien describió todas las heridas que fueron certificadas en el cuerpo del niño, cuando ingresó al hospital local, luego de la denuncia que efectuara el abuelo materno ante la Policía.
Asimismo, hizo mención a la declaración testimonial de la hermana del niño de 5 años, quien en Cámara Gessel contó que había escondido el palo con el que le pegaban a su hermano para que el imputado no lo encontrara y de esa forma cesara la violencia.
“El imputado aumentó inhumanamente y de forma deliberada el sufrimiento del niño, provocándole fractura de cráneo, cefalohematoma, múltiples hematomas en cara, cabeza, espalda, muslo, abdomen, excoriaciones en tórax, entre otras lesiones, razón por la cual el niño llegó al examen médico llorando, debido al dolor”, resumió el fiscal Urquiza.
También, dio cuenta del informe de la licenciada Aracena, perito del Poder Judicial, quien en el encuentro que tuvo con el niño, lo notó “verborrágico y tembloroso; evidentemente dolorido por las heridas que tenía en su cuerpo”, haciendo referencia como autor de ello, al imputado, quien “arrojó agua caliente en los pies, golpeó con cables, cigarrillos, y palos”.
Respecto de la madre del niño, el fiscal Eduardo Urquiza, afirmó en su alegato que la mujer “abandonó a su suerte” al niño, y que siendo la progenitora, tenía dominio, poder y deber para frenar esa situación de violencia y nada hizo; sino que se mostró esquiva”.
El representante del Ministerio Público Fiscal, pidió al Tribunal de Juicio, condene al imputado a la pena de 7 años de prisión efectiva por el delito de lesiones graves, agravadas reiteradas por su comisión con ensañamiento, y a la mujer a la pena de 7 años de prisión efectiva por el delito de abandono de persona agravado por el vínculo y por haber resultado grave daño en la salud de la víctima.
Por su parte, el Defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, doctor Gustavo Ariznabarreta, quien asistió al imputado, sostuvo en su alegato que “no hay testimonio en primera persona de la víctima” sino palabras de terceros, tales como la declaración de la hermana del niño, de la licenciada Aracena y de la pareja del abuelo materno, “cuando el verdadero testigo es el niño, que no declaró”.
Para el Defensor “la prueba no es completa ni suficiente”, por lo que pidió a los jueces tener en cuenta el beneficio de la duda, motivo por el cual pidió la absolución de su defendido, y que en caso de haber condena se califique de modo distinto.

“No abandonó a su hijo, lo cuidó con los medios que tenía a su alcance”, dijo la Defensa de la mujer

Finalmente, la Defensora Pública, doctora María Eugenia Díaz, quien asiste a la madre del niño en el proceso, pidió tener en cuenta el contexto de vida de la mujer, haciendo referencia a la cuestión de “género, y la salud psicológica y física de ella”.
“No abandonó a su hijo, lo cuidó con los medios que tenía a su alcance, y los testigos dieron cuenta de cómo era como madre hasta antes que estuviera en pareja con quien hoy se encuentra imputada con ella”, acentuó la funcionaria judicial.
En tal sentido, Díaz precisó que la mujer “no podía vislumbrar el riesgo porque ella misma está en riesgo, y tiene un síndrome de alienación que sufren las personas víctimas de violencia; siempre ha sido víctima de violencia y ha recibido golpes de sus ex parejas”.
Su defendida “no conoce el peligro ni identifica la violencia porque ya lo tiene naturalizado, la incorporó como un modo de vida. Ella es tan víctima como su hijo, hasta el punto que no fue capaz de modificar su entorno”, dijo finalmente.Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, García Arpón y Bembihy Videla dieron a conocer ayer por la tarde el veredicto por el cual Jhonatan Matías Quiroga recibió la pena de 7 años de prisión al encontrarlo culpable por el delito de lesiones graves agravadas en un número indeterminado de veces; mientras Elizabeth Sáez, madre del menor, recibió 5 años de prisión, por abandono de persona.
Quiroga ya tenía dos condenas judiciales, una de ellas aún vigente por 6 años y 8 meses, a la cual se le anexó todo en una pena definitiva de 13 años, declarándolo reincidente por segunda vez.
Los fundamentos del fallo se darán a conocer el próximo 5 de diciembre, quedando ambos imputados en estado de detención como llegaron al juicio.
Los hechos fueron precisados por la acusación entre septiembre del año pasado y este 5 de marzo en que el abuelo del menor hizo la denuncia, dando cuenta de las numerosas lesiones que presentaba en rostro, quemaduras de cigarrillos en el cuerpo y lesiones en los pies que fueron causados con agua caliente en un aberrante e incomprensible accionar de crueldad.

Alegatos: Fiscal pidió 7 años de prisión para pareja imputada por daños a menor de edad, y los defensores, la absolución

Previo a conocerse la condena impuesta a estas dos personas, se realizó la etapa de alegatos de las partes involucradas.
El primero en alegar fue el representante del Ministerio Público Fiscal, doctor Eduardo Urquiza, quien describió todas las heridas que fueron certificadas en el cuerpo del niño, cuando ingresó al hospital local, luego de la denuncia que efectuara el abuelo materno ante la Policía.
Asimismo, hizo mención a la declaración testimonial de la hermana del niño de 5 años, quien en Cámara Gessel contó que había escondido el palo con el que le pegaban a su hermano para que el imputado no lo encontrara y de esa forma cesara la violencia.
“El imputado aumentó inhumanamente y de forma deliberada el sufrimiento del niño, provocándole fractura de cráneo, cefalohematoma, múltiples hematomas en cara, cabeza, espalda, muslo, abdomen, excoriaciones en tórax, entre otras lesiones, razón por la cual el niño llegó al examen médico llorando, debido al dolor”, resumió el fiscal Urquiza.
También, dio cuenta del informe de la licenciada Aracena, perito del Poder Judicial, quien en el encuentro que tuvo con el niño, lo notó “verborrágico y tembloroso; evidentemente dolorido por las heridas que tenía en su cuerpo”, haciendo referencia como autor de ello, al imputado, quien “arrojó agua caliente en los pies, golpeó con cables, cigarrillos, y palos”.
Respecto de la madre del niño, el fiscal Eduardo Urquiza, afirmó en su alegato que la mujer “abandonó a su suerte” al niño, y que siendo la progenitora, tenía dominio, poder y deber para frenar esa situación de violencia y nada hizo; sino que se mostró esquiva”.
El representante del Ministerio Público Fiscal, pidió al Tribunal de Juicio, condene al imputado a la pena de 7 años de prisión efectiva por el delito de lesiones graves, agravadas reiteradas por su comisión con ensañamiento, y a la mujer a la pena de 7 años de prisión efectiva por el delito de abandono de persona agravado por el vínculo y por haber resultado grave daño en la salud de la víctima.
Por su parte, el Defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, doctor Gustavo Ariznabarreta, quien asistió al imputado, sostuvo en su alegato que “no hay testimonio en primera persona de la víctima” sino palabras de terceros, tales como la declaración de la hermana del niño, de la licenciada Aracena y de la pareja del abuelo materno, “cuando el verdadero testigo es el niño, que no declaró”.
Para el Defensor “la prueba no es completa ni suficiente”, por lo que pidió a los jueces tener en cuenta el beneficio de la duda, motivo por el cual pidió la absolución de su defendido, y que en caso de haber condena se califique de modo distinto.

“No abandonó a su hijo, lo cuidó con los medios que tenía a su alcance”, dijo la Defensa de la mujer

Finalmente, la Defensora Pública, doctora María Eugenia Díaz, quien asiste a la madre del niño en el proceso, pidió tener en cuenta el contexto de vida de la mujer, haciendo referencia a la cuestión de “género, y la salud psicológica y física de ella”.
“No abandonó a su hijo, lo cuidó con los medios que tenía a su alcance, y los testigos dieron cuenta de cómo era como madre hasta antes que estuviera en pareja con quien hoy se encuentra imputada con ella”, acentuó la funcionaria judicial.
En tal sentido, Díaz precisó que la mujer “no podía vislumbrar el riesgo porque ella misma está en riesgo, y tiene un síndrome de alienación que sufren las personas víctimas de violencia; siempre ha sido víctima de violencia y ha recibido golpes de sus ex parejas”.
Su defendida “no conoce el peligro ni identifica la violencia porque ya lo tiene naturalizado, la incorporó como un modo de vida. Ella es tan víctima como su hijo, hasta el punto que no fue capaz de modificar su entorno”, dijo finalmente.


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