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Nueva ordenanza que regula el servicio de taxis

Pino: "El Concejo no puede fijar la forma de contratación"

El concejal justicialista se opuso a la mayoría de sus pares a la hora de sancionar una nueva normativa que toca temas que le competen a la autoridad laboral. También votó en contra de los artículos vinculados a la transferencia de licencias por considerar que no se puede transgredir la Carta Orgánica Municipal.

Este martes, durante la sexta sesión ordinaria, el Concejo Deliberante de Ushuaia aprobó el nuevo marco regulatorio para el servicio de taxis que reemplazará a la Ordenanza 2986 y sus modificatorias.

 

El concejal Juan Carlos Pino (FpV-PJ) solicitó que el proyecto se votara en general y en particular para que aquellos ediles que estaban en desacuerdo con algunos artículos puntuales pudieran dejar asentada su postura en versión taquigráfica.

 

Al finalizar la sesión el edil explicó que no acompañó “el inciso f, del artículo segundo del proyecto, referido a la forma de contratación de los choferes”.

 

Pino ratificó lo que venía sosteniendo desde hace tiempo con respecto a este tema. “El Concejo Deliberante no puede determinar la forma de contratación de los choferes, para eso están las leyes nacionales y para eso existe el Ministerio de Trabajo y la Justicia. Cuando se legisla, se legisla en general, ¿por qué nosotros tenemos que legislar sobre la forma de contratación que tiene que tener el propietario de taxi?”, manifestó.

 

El concejal consideró que este artículo debía ser modificado “para que la relación laboral se ajuste exclusivamente la normativa laboral vigente y se evite especificar en formas contractuales ya sea mediante cooperativas de trabajo u otras formas en particular”.

 

Insistió con que “el Concejo Deliberante únicamente tiene que legislar en forma genérica y no llegar a comprometer estos puntos”.

 

El concejal también fundamentó su voto por la negativa en torno a los artículos referidos a la transferencia de las licencias de taxis. “No queremos ir más lejos de lo que establece la Carta Orgánica que en su artículo 234 dice que debe someterse a referéndum popular el otorgamiento de concesiones de servicios públicos por un plazo superior a diez años. ―argumentó―. Las licencias de taxis tiene que administrarlas el Estado municipal”. 

 


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