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DISPUTA POR EL COBRO DEL IMPUESTO INMOBILIARIO

Río Grande y Ushuaia defendieron sus autonomías municipales

Los intendentes Melella y Vuoto y el jurista Eduardo Barcesat sostuvieron que las leyes provinciales 1075 y 1086 son inconstitucionales” y advirtieron que pretenden achicar los gastos de los ejecutivos municipales.

La conferencia que hoy organizaron los municipios de Río Grande y Ushuaia sobre “Autonomías Municipales”, encabezada por los intendentes Gustavo Melella y Walter Vuoto, respectivamente, con la participación de los equipos jurídico y económico de ambas comunas y el final a cargo del reconocido constitucionalista Eduardo Barcesat, tuvo como epicentro la preocupación de los dos gobiernos municipales respecto de la intención del gobierno provincial de pasar a su órbita el cobro de los impuestos inmobiliario y automotor.

 

Tanto los jefes comunales durante la apertura del encuentro, como los disertantes de los dos municipios y el propio jurista nacional fueron coincidentes y terminantes en sus conceptos y conclusiones respecto del tema planteado: “mi conclusión es ineluctable, tanto las leyes provinciales 1075 y 1086 son inconstitucionales” afirmó Eduardo Barcesat.

 

Antes, el intendente Gustavo Melella había afirmado que “ésta no es una cuestión de plata, es una cuestión de la falta de respeto a la Constitución Nacional, la Provincial y la Carta Orgánica Municipal”. Por su parte el jefe comunal de Ushuaia, Walter Vuoto, había subrayado que la actitud del Gobierno Provincial “es parte de una política feroz para achicar los gastos de los ejecutivos municipales”.

 

Las presentaciones por parte de cada municipio estuvieron a cargo de los responsables de las áreas legales Dr. Daniel Garay y Dra. Victoria Vuoto, y de las áreas económicas, CP Oscar Bahamonde y Lic. Lucas Gallo, respectivamente, de Río Grande y Ushuaia. También participaron la convencional nacional constituyente (MC) Dra. María Teresa Méndez, la senadora nacional (MC) Mabel Caparrós, la ex gobernadora Fabiana Ríos y el diputado nacional Martín Pérez. Un auditorio colmado desbordó las instalaciones del Museo Municipal Virginia Choquintel que recibió numerosas autoridades y concejales de los dos municipios, representantes del ámbito judicial y de entidades intermedias.

 

En relación a las disposiciones legales que el Dr. Eduardo Barcesat calificó de “inconstitucionales”, son las comprendidas en la Ley 1075 que en su artículo primero establece que “este Código regirá respecto de la determinación, fiscalización, percepción de todos los tributos y aplicación de sanciones por infracciones materiales y formales vinculadas con tributos que se impongan en el ámbito de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por los organismos de la Administración central, de acuerdo con las leyes y normas complementarias” de enero de 2016; y la Ley 1086, de junio del año pasado, que establece: “suspéndase la aplicación de la Ley provincial 1075, Código Fiscal, hasta que la autoridad de aplicación de la Ley provincial 1075 resuelva, por las vías legales pertinentes, el riesgo de doble imposición”.


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