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Juicio a docente y camioneros

Piden fuerte condenas para la mayoría de los gremialistas

Este lunes comenzaron los alegatos en el juicio por la toma de Casa de Gobierno y el abogado Federico Vidal, representante del Policía, Jonathan Dutrá, querellante en la causa solicitó la pena de cuatro años de prisión efectiva a los acusados Horacio Catena, Alejandro Daniel Gómez, Gastón Héctor Luis Benítez, Héctor Horacio Muñoz y Juan Beltrán Ferreyra; todos docentes y a los camioneros Ramón Martín Giménez y Víctor Hugo Zuñiga Pérez.

Vidal fue el primero en abrir el proceso de alegatos en el juicio oral y público contra los gremialistas que ocuparon la Casa de Gobierno. La acusación formulada en la exposición ante el Tribunal de Juicio en lo Criminal, es por el delito de lesiones graves en concurso real con lesiones leves y en concurso real con el de resistencia a la autoridad.


En tanto el abogado González, querellante del Policía Pérez Soriano, pidió la pena de cinco años de cárcel al camionero Leonardo Alexis Ríos, también como responsable de lesiones graves y resistencia a la autoridad. En la acusación se lo sindica a Ríos como el responsable de lanzar “una tabla de proporciones considerables como si fuera una jabalina, directamente a la cabeza de Pérez Soriano”.


El Fiscal Guillermo Massimi, pidio tres años en suspenso para Horacio Catena y se refirió a la nulidad de algunos testimonios teniendo en cuenta la contradicción que habría presentado entre algunos testigos y en un mismo testigo con respecto a su primer declaración, situación a la que se ha sumado el testimonio de Boxer que dio cuenta de que había recibido mails con información del hecho que se está investigando y con algunos audios que hacían referencia a declaraciones expresadas en esta audiencia.

Massimi recordó que se ha denunciado la transgresión al artículo 354 vinculada a los mails que se habían enviado. Evaluó que “ni la contradicción que pudiera existir entre distintas declaraciones de los testigos , ni la contradicción propia de un mismo testigo con respecto a su declaración anterior ni tampoco el haberlo informado de lo que sucedía en este juicio tiene prevista una sanción de nulidad que merezca que se culmine el acto como acto procesal válido”. Sin embargo, aclaró que “distinto es el valor probatorio y cada una de las partes podrá alegar lo que así estime conveniente para su interés”.

“No vamos a pedir la nulidad de ningún testimonio mucho menos la del señor Boxer que merece ser investigadas en actuaciones separadas”, dijo. 



Abogado de Camioneros pide nulidad: El abogado defensor de los Camioneros, Francisco “Paco” Giménez aseguró que el juicio a los sindicalistas debe ser declarado nulo, tras la prueba que aportó el testigo Diego Boxer y la cadena de mail instruyendo a otros testigos, que quedó al descubierto.

Vale mencionar que, de los 34 imputados, se solicitó que se declare en rebeldía a Gerardo Silva, por no haberse presentado al juicio ni encontrarse en la provincia.

A primera hora de la tarde el Tribunal pasó a cuarto intermedio hasta el próximo miércoles, a las 10 de la mañana; cuando será el turno de los alegatos de los abogados que representan a los trabajadores. Por ese motivo se suspendió el paro docente previsto para mañana, y se retomará la medida el próximo miércoles.

El detalle de lo solicitado por la Fiscalía es el siguiente: PETICIÓN DE ABSOLUCIONES (en algunos casos se pide condena por otro hecho): En orden al Hecho Nº 1 (violencia sobre funcionarios), Gabriel Matías MACIEL, Christian Adolfo SCHNACK, Marcos Donato FERREYRA, Juan Carlos MALLÓN, Raúl Amado ARCE.



En orden al Hecho Nº 2 (daños sobre bienes muebles e inmueble): Héctor Horacio MUÑOZ, Marcelo Waldino VILLADA, Carlos Alberto VILLARREAL, Sebastián Epifanio GIMÉNEZ, Cristino Estanislao SILVA, Alejandro Daniel GÓMEZ, Leonardo Alexis RÍOS, Raúl Amado ARCE.



ABSOLUCION DE TODOS LOS CARGOS: Gabriel Matías MACIEL, Christian Adolfo SCHNACK, Raúl Amado ARCE, Marcos Donato FERREYRA, Juan Carlos MALLÓN

PETITORIO CONDENAS: Héctor Horacio MUÑOZ: 3 años de prisión, la imposición de reglas de conducta solicitadas, más las costas del proceso. Coautor penalmente responsable del delito de Lesiones graves ocasionadas al policía Jonathan Nicolás DUTRA (art. 90 C.P.) en concurso real (art. 55 C.P.) con el delito de lesiones leves cometidas en perjuicio del policía Ricardo Francisco ALFONZO (art. 89 C.P.), concursando ambas lesiones idealmente (art. 54 C.P.) con el delito de atentado a la autoridad doblemente agravado por haberse cometido por una reunión de más de tres personas y por poner puesto manos en la autoridad (arts. 237 y 238 incs. 2º y 4º C.P.). Asimismo tanto las lesiones leves como las lesiones graves, se ven agravadas por ser el sujeto pasivo miembro de una fuerza de seguridad (art. 92, en función art. 80 inc 8º C.P.).


Horacio Gustavo CATENA: 3 años de prisión, la imposición de reglas de conducta, más las costas del proceso. Coautor penalmente responsable del delito de Lesiones graves en perjuicio del policía Jonathan Nicolás DUTRA (art. 90 C.P.) en concurso real (art. 55 C.P.) con el delito de lesiones leves cometidas en perjuicio del policía Mariano Daniel Brazanovich (art. 89 C.P.), concursando ambas lesiones idealmente (art. 54 C.P.) con el delito de atentado a la autoridad doblemente agravado por haberse cometido por una reunión de más de tres personas y por poner manos en la autoridad (arts. 237 y 238 incs. 2º y 4º C.P.); todos ellos en concurso real con el delito de Daños agravados por ejecutar el hecho en venganza de las determinaciones de la autoridad y por haberlo ejecutado en edificio y bienes de uso público (arts. 183, y 184 incs. 1º y 5º C.P.).


Asimismo las lesiones leves y las lesiones graves, se ven agravadas por ser el sujeto pasivo miembro de una fuerza de seguridad (arts. 92, 80 inc 8º, C.P.). Por último, los ilícitos referenciados concursan materialmente (art. 55 C.P.) con el delito de atentado a la autoridad agravado por haber puesto manos a la policía Irene Lucía MARÍN LEVIN (art. 238 inc. 4º, en función del art. 237 C.P.).


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