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Condenado por el delito de abuso sexual

Seis años de prisión efectiva para Gamarra

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte condenó a Carlos Gamarra, ex titular de la comparsa Amancay, a la pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante respecto de una joven de unos 23 años, pero con un retraso madurativo.

Carlos Gamarra fue condenado a seis años de prisión de cumplimiento efectivo, imputado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante.

Río Grande.- La norma establece que la pena será de cuatro a diez años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima.

El condenado había sido imputado de haber abusado de una joven de su entorno familiar, quien padece un retraso madurativo, en un hecho ocurrido en agosto de 2013.

El Tribunal de Juicio lo integraron los doctores Juan José Varela, Pablo Martín Bramatti y Eduardo López. La fiscalía fue representada por la doctora Verónica Marchisio, mientras que en la querella estuvo el doctor Roberto Gómez. Por su parte, Gamarra estuvo representado por el doctor Brian Geréz.

 

Conformidad desde la Fiscalía y Querella en relación a la condena contra Carlos Gamarra

 

Tras conocerse el veredicto contra Carlos Gamarra, el cual fue condenado a 6 años de prisión de cumplimiento efectivo por el abuso sexual gravemente ultrajante contra una joven con retraso madurativo, tanto la fiscal Verónica Marchisio, como el abogado querellante, el Dr. Roberto Gómez, se mostraron muy satisfechos respecto de la pena impuesta. Aseguraron que fue fundamental a la hora de la valoración de la prueba, el testimonio de la víctima y la inmediata actuación de los peritos en la recolección de pruebas.

La doctora Verónica Marchisio, en cuya persona estuvo representado el Ministerio Público Fiscal refirió acerca de la condena de 6 años contra Carlos Gamarra: “Este ministerio había solicitado una pena de 8 años  de prisión teniendo en cuenta el agravante pese a que la figura de abuso sexual gravemente ultrajante ya tiene contenido un plus adicional a un abuso simple, esto es cuando los sucesos son más violentos en cuanto a la figura básica, pero teniendo en cuenta que la pena parte de 4 años, no es desmedida la pena que ha fijado el Tribunal” razón por la cual “nos encontramos en ese sentido conformes, aunque igualmente vamos a esperar a la lectura de los fundamentos”.

En cuanto a la figura penal por la cual se condenó a Gamarra, Marchisio explicó que “el abuso gravemente ultrajante es la introducción –por ejemplo- de los dedos, en alguno de los orificios íntimos de la persona, ya sea vía vaginal o anal, que es el caso que se ventiló en estas audiencias”.

En el mismo sentido, la fiscal agregó que “en esta causa tenemos varias cosas para resaltar pese a las limitaciones de la víctima, ella fue clara desde un comienzo y eso fue transmitido a los familiares que, a pocas horas de ocurrido los hechos, estuvo la víctima en el nosocomio local junto a los familiares; los peritos, la Dra. Inés Aparici y una ginecóloga” que realizaron y constataron los hechos y “favoreció además, el trabajo efectuado por la Policía Científica y cada uno de los indicios genéticos recolectados, y cotejados en el colegio de Farmacéuticos de la ciudad de Buenos Aires, análisis que resultó contundente, en cuanto al ADN de la víctima y victimario de un 99, 9 por ciento”, destacó la Dra. Marchisio.

“Tanto el ADN como la revisación médica, indicaban la veracidad de lo que la víctima había relatado”, indicó el Dr. Roberto Gómez

Por su parte, quien también efectuó declaraciones tras conocerse el fallo, fue el Dr. Roberto Gómez, quien representó a la familia de la víctima en este suceso.

De esta manera, Gómez refirió: “Consideramos que la historia termina como debía terminar, de hecho la consistencia se la dio la víctima, a partir sus dichos, de ahí, pudimos reconstruir su relato en cuanto a lo que había sucedió, y lo que ella manifestó, lo cual tuvo su correlato médico, físico y testimonial” dijo con suma conformidad, el letrado.

“Esto fue confirmación, tras confirmación a lo largo de todo el proceso de lo que la víctima había dicho en su momento” mientras que “Tanto el ADN como la revisación médica, indicaban la veracidad de lo que la víctima había relatado”, dijo el abogado querellante.

Por último, el Dr. Gómez se refirió a la situación de la familia de la joven víctima y destacó: “Hoy la familia, es una mochila muy importante que se sacan, poder seguir adelante con la certeza de poder vivir tranquilos y estar bien”.

 

Fuente: Diario Provincia 23.


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