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Crisis en el Ipauss

Ahora Nación le quita presión a la armonización

Después que la propia gobernadora electa Rosana Bertone tuviera que salir a aclarar los dichos del director Ejecutivo de ANSES Diego Bossio éste último decidió, mediante un comunicado, fijar una postura que va en la misma dirección de los dichos de la futura gobernadora. “La Nación no puede de forma “unilateral exigir un proceso de armonización a ninguna de las 13 provincias que optaron por no transferir sus cajas”. Dice el comunicado que reproducimos en toda su extensión. El funcionario aseguró que en sus declaraciones realizadas en Córdoba no se refirió a la situación del IPAUSS

El comunicado completo de ANSES: 

 

Frente a interpretaciones sesgadas e incorrectas sobre las declaraciones del Director Ejecutivo de la ANSES, Diego Bossio, durante su última visita al Desarrollo Urbanístico PROCREAR en la provincia de Córdoba, la ANSES informa que en sus dichos no se refirió a la situación de la caja del Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social (IPAUSS).

 

En primer lugar, es importante destacar que en aquellas provincias que no transfirieron sus Cajas Previsionales a la Nación, como es el caso de Tierra del Fuego, son las jurisdicciones locales las que tienen facultades para fijar las pautas y administrar el sistema de Seguridad Social.

 

De esta manera, es la Provincia de Tierra del Fuego fija los haberes y la forma de financiamiento de su sistema previsional. La Nación no puede de forma unilateral exigir un proceso de armonización a ninguna de las 13 provincias que optaron por no transferir sus cajas (Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego).

 

En segundo lugar, en aquellos casos en los que hubiera diferencias sobre la aplicación del régimen previsional entre un Estado provincial y el Estado Nacional, se debe resolver la situación en forma amistosa a nivel político. Es importante aclarar que la intervención del Estado Nacional es siempre a instancia de los Estados provinciales. Siempre deben priorizarse las negociaciones tendientes a arribar a un acuerdo, evitando la judicialización del proceso.

 

En tercer lugar, en el caso de que el entendimiento no fuera posible, la diferencia se debe resolver por vía judicial, en respeto estricto del régimen federal.

 

En el caso de la provincia de Córdoba, se trata de un juicio en curso iniciado por dicha provincia en contra de la Nación por una cuestión puntual (cumplimiento de un convenio) que está siendo objeto de análisis por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

Sobre la incorrecta interpretación de sus dichos y con el objetivo de llevar claridad y evitar la confusión a la ciudadanía de la provincia de Tierra del Fuego, el Director de la ANSES aclaró: “Las provincias que no transfirieron sus cajas tienen la potestad de administrarlas como mejor crean conveniente. Cuando hay diferencias entre la Nación y los Estados provinciales, la primera respuesta debería ser de tipo política. Por eso, creo que es necesario reglamentar con criterios claros y precisos qué es lo que se puede financiar desde la Nación”.

 

Antecedentes legales

 

Como el sistema previsional se había quedado sin financiamiento durante inicios de la década de los 90, se realizó el pacto fiscal que transfirió el 15% de la coparticipación al sistema previsional nacional. Cabe aclarar que esta decisión no estuvo vinculada con la privatización del sistema previsional, que fue posterior.

También durante los 90 comienza el proceso de transferencias de las Cajas Previsionales Provinciales (que atienden al empleo público provincial) a la Nación: entre los años 1994 y 1996, un total de once provincias transfirieron sus cajas, pero hubo 13 provincias que optaron por no transferir.

 

Luego, en el año 1999 se firma el Compromiso Federal (Leyes N° 25.235 y N° 25.400) por el cual la Nación se compromete a financiar los déficit de los sistemas no transferidos, en la medida que en las provincias “armonicen” sus sistemas, o sea, apliquen los criterios de la ley nacional para acceder a la jubilación o pensión, para determinar el haber y también respecto de aportes y contribuciones.

 


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