Procesando. Por favor aguarde...
La ley antidopaje aprobada recientemente por la Legislatura y promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial fue objetada por el Superior Tribunal de Justicia.
Los magistrados consideran que un juez no podría ser apartado automáticamente de su cargo si da positivo en un examen de drogas ilegales como establece la norma.
Argumentan que podría promoverse una denuncia ante el Consejo de la Magistratura para el inicio de un jury de enjuiciamiento, pero que no se podría proceder a una destitución express porque se estaría vulnerando el principio de inamovilidad fijado constitucionalmente.
Si bien desde el Superior Tribunal esperan la reglamentación de la ley antidopaje, fuentes judiciales adelantaron objeciones a la instauración automática del cese de funciones para los casos de funcionarios de ese poder que dieran positivo en algún análisis de sustancias estupefacientes.
Indicaron que los jueces y también de los funcionarios de los ministerios públicos, las autoridades no podrían hacerlos cesar de sus cargos con el mero resultado de un análisis, porque de ser así se saltearían los mecanismos constitucionales establecidos para la remoción de magistrados.
Un funcionario judicial no alcanzado por el proceso de jury tampoco podría ser removido automáticamente por la ley antidoping sin los procedimientos legales establecidos para su exoneración, como por ejemplo la realización de un sumario administrativo.
Por otra parte, en la Justicia estiman que la norma podría dar lugar a planteos legales dando cuenta de su presunta inconstitucionalidad, y mencionan la existencia de aspectos “complejos” como por ejemplo un mecanismo que garantice la transparencia y fiabilidad de la toma de muestras de orina que se utilizarían para testear el consumo de alguna droga.
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